Calculadora de IVA intracomunitario
La inversión del sujeto pasivo en tus compras a la UE: introduce el importe y mira el IVA que autorrepercutes y deduces —y por qué el coste real suele ser 0 €. Gratis y sin registro.
Calcula el IVA intracomunitario
Inversión del sujeto pasivo: introduce el importe de tu compra a la UE y el tipo español, y verás el IVA que autorrepercutes y deduces —y por qué el coste real suele ser 0 €.
Estimación orientativa. El coste 0 € supone que deduces el IVA al 100 %. La operación se declara en el modelo 303 y en el modelo 349, y requiere que comprador y proveedor tengan NIF-IVA válido en VIES.
Qué es la inversión del sujeto pasivo
En una compra entre empresas o autónomos de distintos países de la UE, cuando ambos tienen NIF-IVA válido (están en el VIES), el proveedor no te repercute IVA. Eres tú, como comprador, quien lo declara: te lo autorrepercutes al tipo español (IVA devengado) y, a la vez, te lo deduces (IVA soportado).
Cuándo se aplica
- Compras un bien o servicio a un proveedor de otro país de la UE.
- Estás dado de alta en el ROI y tu NIF-IVA aparece en el VIES.
- Tu proveedor también tiene un NIF-IVA válido (compruébalo en el VIES).
Marco legal: inversión del sujeto pasivo (art. 84 de la Ley 37/1992) y reglas de localización (arts. 13–16 y 69). Se declara en el modelo 303 y en el modelo 349. Validar un NIF-IVA en el VIES.
Si eres tú quien factura a la UE (creadores, afiliados, e-commerce)
Es el caso habitual de quien cobra de plataformas de la UE (por ejemplo TikTok, Google o Meta, con sede en Irlanda). Tú emites la factura sin IVA —la inversión del sujeto pasivo se aplica en destino, y el IVA lo liquida tu cliente en su país— y la declaras en el modelo 349 y en el 303. No te autorrepercutes nada en este caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el IVA intracomunitario?
Es el IVA de las operaciones entre empresas o autónomos de distintos países de la UE. Cuando ambas partes tienen NIF-IVA válido (están en el VIES), se aplica la inversión del sujeto pasivo: el proveedor no repercute IVA y es el comprador quien lo declara en su país.
¿Por qué el coste real suele ser 0 €?
Porque en una compra intracomunitaria te autorrepercutes el IVA (como IVA devengado) y, a la vez, te lo deduces (como IVA soportado) por el mismo importe. Si deduces al 100 %, ambos apuntes se neutralizan y el efecto en tu liquidación es cero.
¿Qué necesito para comprar sin IVA a un proveedor de la UE?
Estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) para tener un NIF-IVA que aparezca en el VIES, y que tu proveedor también tenga un NIF-IVA válido. Conviene comprobar el del proveedor en el VIES antes de operar.
¿Y si soy yo quien factura a una empresa de la UE (TikTok, Google, Meta…)?
Entonces emites tu factura sin IVA (la inversión del sujeto pasivo se aplica en destino: el IVA lo liquida tu cliente en su país) y la declaras en el modelo 349 y en el 303. Es el caso habitual de creadores y afiliados que cobran de plataformas de la UE.
¿Dónde se declara el IVA intracomunitario?
En el modelo 303 (el IVA devengado y, si procede, el IVA soportado deducible) y en el modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Te ayudamos a presentarlos correctamente.
¿Qué tipo de IVA aplico al autorrepercutir?
El tipo español que correspondería a esa operación en España (lo más habitual, el 21 %), no el del país de origen del proveedor.