Calculadora de retención IRPF en factura
¿15 % o 7 %? Calcula la retención de tu factura de profesional, el IVA y lo que cobrarás de verdad. Gratis y sin registro.
Calcula la retención de tu factura
Base, retención (15 % o 7 %) e IVA: mira cuánto te retiene tu cliente y cuánto cobrarás realmente.
La retención no se pierde: tu cliente la ingresa en Hacienda a tu nombre (modelo 111) y se descuenta de tu IRPF.
Tipos del art. 95 del Reglamento del IRPF (15 % general · 7 % inicio de actividad). Actividades agrícolas/ganaderas y módulos tienen tipos propios — consúltanos. Estimación orientativa.
Cómo funciona la retención en factura
Si eres profesional (sección 2ª del IAE) y facturas a una empresa u otro autónomo, tu factura lleva una retención de IRPF que tu cliente ingresa en Hacienda a tu nombre. No es un coste: es un anticipo de tu IRPF que recuperas en la Renta.
Cuándo aplica cada tipo
- 15 %: el tipo general de los profesionales (art. 95 RIRPF).
- 7 %: en el año del alta y los dos siguientes, si no ejerciste actividad profesional el año anterior. Comunícalo por escrito al cliente.
- Sin retención: facturas a particulares y actividades empresariales (sección 1ª del IAE).
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que poner retención en sus facturas?
Los autónomos profesionales (actividades de la sección 2ª del IAE: consultores, diseñadores, abogados, programadores freelance…) cuando facturan a empresas u otros autónomos. Las actividades empresariales (sección 1ª, como un comercio) no llevan retención, y a particulares nunca se les retiene.
¿Cuándo puedo aplicar el 7 % en vez del 15 %?
En el año natural en que te das de alta y en los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido actividad profesional en el año anterior al alta. Hay que comunicárselo por escrito al cliente.
¿La retención es un impuesto extra?
No: es un anticipo de tu IRPF. Tu cliente la ingresa en Hacienda a tu nombre (modelo 111) y tú la descuentas después en tu declaración (o en el modelo 130 si lo presentas).
¿Si retengo en casi todas mis facturas tengo que presentar el modelo 130?
Probablemente no: si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevaron retención, quedas exonerado de presentar el 130. Es la 'regla del 70 %'.
¿Qué pasa si me olvido de poner la retención?
La obligación de retener es del pagador (tu cliente), pero la factura mal emitida genera problemas a ambos. Lo correcto es rectificarla. Si te pasa a menudo, te ayudamos a automatizarlo con Holded.