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Calculadora del modelo 130

Estima el resultado de tu pago fraccionado del IRPF con la mecánica oficial: 20 % del rendimiento acumulado, minoración por bajos rendimientos, retenciones y trimestres anteriores. Gratis y sin registro.

Calculadora gratis

Calcula tu modelo 130

Con tus ingresos y gastos acumulados del año (desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre), estima el resultado de tu pago fraccionado del IRPF.

Régimen y minoración
En simplificada restamos el 5 % de gastos de difícil justificación (tope 2.000 €/año). La minoración por bajos rendimientos (100/75/50/25 €) sale del rendimiento del ejercicio anterior — el primer año de actividad suele tocar la máxima (100 €).
Rendimiento neto acumulado0,00 €
Pago teórico (20 %, cas. 04)0,00 €
− Anteriores y retenciones0,00 €
− Minoración (cas. 13)0,00 €
Resultado del trimestre0,00 €

Mecánica oficial del modelo 130 (instrucciones AEAT): 20 % del rendimiento acumulado, con minoración por bajos rendimientos. No incluye la deducción por vivienda (cas. 16) ni actividades agrícolas (2 %). Estimación orientativa.

Cómo se calcula (mecánica acumulada)

El 130 no declara "lo del trimestre": declara todo el año acumulado hasta esa fecha y resta lo ya pagado. Es la causa nº 1 de errores.

RN acumulado = Ingresos − Gastos (desde el 1-ene)
(simplificada) − 5 % difícil justificación (tope 2.000 €/año)
Pago teórico = 20 % × RN positivo
Resultado = teórico − pagos anteriores − retenciones − minoración

La minoración por bajos rendimientos

Rendimiento neto del ejercicio anteriorMinoración/trimestre
≤ 9.000 €100 €
≤ 10.000 €75 €
≤ 11.000 €50 €
≤ 12.000 €25 €

Mecánica y casillas de las instrucciones oficiales del modelo 130 (AEAT). Guía completa casilla a casilla en nuestro artículo del modelo 130.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el modelo 130?

Es el 20 % del rendimiento neto (ingresos menos gastos) acumulado desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre. A ese importe se le restan los pagos fraccionados de trimestres anteriores del año, las retenciones soportadas y, si corresponde, la minoración por bajos rendimientos (de 25 a 100 €).

¿Qué es la minoración por bajos rendimientos?

Una resta fija por trimestre según el rendimiento neto del ejercicio ANTERIOR: 100 € si fue ≤ 9.000 €, 75 € si ≤ 10.000 €, 50 € si ≤ 11.000 € y 25 € si ≤ 12.000 €. El primer año de actividad suele corresponder la máxima (100 €), porque el rendimiento anterior es cero.

¿Qué es el 5 % de gastos de difícil justificación?

En estimación directa simplificada puedes restar un 5 % adicional del rendimiento neto positivo (tope 2.000 €/año) antes de aplicar el 20 %. La calculadora lo aplica automáticamente si eliges 'Simplificada'.

¿Y si el resultado sale negativo?

No pagas ese trimestre. El importe negativo se arrastra y se deduce en los siguientes trimestres del año o, en último término, en tu declaración de la Renta.

¿Quién está obligado a presentar el 130?

Los autónomos en estimación directa, salvo los profesionales cuyos ingresos llevaron retención en al menos el 70 % de su facturación del año anterior (la 'regla del 70 %'). Si retienes en casi todas tus facturas, probablemente no tengas que presentarlo.

¿Cuándo se presenta?

Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre. Si domicilias el pago, unos días antes (el 15, en general).

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