Cuando una pareja se separa o divorcia, el coche es uno de los bienes que hay que repartir. Si en el reparto te toca a ti un vehículo que estaba a nombre de tu ex (o a nombre de ambos), tienes que cambiar la titularidad en la DGT para que figure solo a tu nombre. La buena noticia: en la mayoría de los casos no se paga ITP y, si hace falta, se puede hacer aunque la otra parte no firme.

Qué documento necesitas

La clave de una transferencia por divorcio es el documento que acredita a quién se adjudica el coche. Vale cualquiera de estos:

  • Sentencia judicial de divorcio o separación.
  • Convenio regulador donde se establezca la propiedad del vehículo (no vale que solo te asigne el uso o el usufructo del coche: tiene que adjudicarte la propiedad).
  • Testimonio de la sentencia.

Si la sentencia ya identifica el vehículo (por matrícula o número de bastidor) y dice quién se lo queda, no hace falta aportar además el convenio regulador: con la sentencia es suficiente.

A ese documento se suma la documentación habitual del cambio de titularidad: permiso de circulación, ficha técnica con la ITV en vigor y el modelo del impuesto (aunque, como verás, normalmente sale exento). Tienes la lista completa en la guía de documentos para transferir un coche.

El coche debe estar al corriente (en alta, con la ITV en vigor y el impuesto de circulación municipal pagado) y tienes 30 días desde la fecha de la sentencia o del acuerdo para presentar el cambio, según la DGT.

¿Se paga ITP? Normalmente no

Esta es la parte que más sorprende y la que más dinero ahorra. El reparto de bienes entre cónyuges cuando se disuelve la sociedad de gananciales está exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Lo dice el artículo 45.I.B.3 del Texto Refundido del ITP y AJD: están exentas «las adjudicaciones que… se verifiquen a su disolución y las transmisiones que por tal causa se hagan a los cónyuges en pago de su haber de gananciales».

En la práctica, hay dos escenarios:

  • Reparto equitativo (cada uno se lleva lo que le corresponde de la sociedad conyugal): se presenta el modelo 621 marcado como exento por extinción de condominio. No se paga ITP.
  • Exceso de adjudicación (el reparto no es equitativo y uno se queda con bienes por más valor del que le corresponde): ese exceso sí tributa y se liquida con el modelo 600.

Cuánto cuesta

En el caso típico (reparto equitativo, sin exceso de adjudicación), el coste se reduce a la tasa de la DGT y, si lo delegas, los honorarios:

ConceptoImporte 2026
Tasa DGT (tasa 1.5, cambio de titularidad)55,70 €
ITP0 € en el caso típico (exento, art. 45.I.B.3 TRLITPAJD); solo tributa el exceso de adjudicación
Honorarios del gestor (opcional)desde 60 € + IVA

Comparado con una compraventa normal —donde el ITP puede ser de varios cientos de euros— el divorcio sale mucho más barato justamente porque la adjudicación está exenta. Si quieres ver cómo se calcula el coste en una transferencia ordinaria, lo tienes en cuánto cuesta cambiar la titularidad de un coche.

Cómo se tramita (con validación del Colegio)

Aquí hay un matiz importante y honesto: las transferencias por divorcio no son el trámite exprés de una compraventa. Se hacen de forma telemática, pero requieren una revisión previa de la documentación por parte del Colegio de Gestores Administrativos, que es quien valida que la sentencia o el convenio acreditan correctamente la adjudicación antes de autorizar la tramitación.

Por eso, a diferencia de una compraventa sin incidencias —donde te emitimos el permiso provisional en menos de una hora—, en un divorcio el trámite pasa primero por esa validación. Nosotros nos encargamos de todo el proceso (preparar el expediente, subir la documentación, gestionar la validación y presentar la transferencia) y te avisamos en cuanto está. Si quieres entender los plazos generales de un cambio de titularidad, los explicamos en cuánto tarda el cambio de titularidad de un coche.

Casos especiales que vemos a menudo

Tu ex no quiere firmar

Es la situación más frecuente y tiene solución. Si uno de los cónyuges no quiere firmar la documentación del trámite, el cambio puede realizarse únicamente con la sentencia de divorcio, sin necesidad de su firma ni de su DNI. La resolución judicial es el título que acredita la adjudicación.

El coche está en baja temporal

Un vehículo a nombre del ex-cónyuge que esté en baja temporal voluntaria puede darse de alta por la persona a la que se le adjudica en la sentencia, sin la firma del ex-cónyuge. Si después quiere venderlo a un tercero, primero tramita el alta y la transferencia a su nombre y, ya como titular, la venta.

El coche no aparece en la sentencia ni en el convenio

Si el vehículo no se incluyó en la sentencia de divorcio, no hay convenio regulador y lo posee el ex-cónyuge que no es titular, la Jefatura de Tráfico no puede tramitar ningún cambio. En ese caso la vía no es administrativa: hay que reclamarlo judicialmente y esperar el resultado.

El titular fallece antes de hacer la transferencia

Si se liquidó la sociedad conyugal adjudicando el coche a quien no era el titular, y el titular fallece antes de que se hiciera la transferencia, el vehículo no se incluye en la herencia: se presenta una transferencia por disolución de la sociedad conyugal. Es distinto de un cambio de titularidad por herencia, que se aplica cuando el coche sí forma parte del caudal hereditario.

Cómo lo hacemos nosotros

Nos escribes por WhatsApp al 711 543 000 con la sentencia o el convenio regulador y el permiso de circulación del coche. Como gestor administrativo colegiado, revisamos que la documentación acredita bien la adjudicación, preparamos el expediente, gestionamos la validación del Colegio y presentamos la transferencia en la DGT. Tú no tienes que pedir cita ni desplazarte. Lo ves todo en /vehiculos.

¿Te has quedado con el coche tras el divorcio? Escríbenos por WhatsApp y te decimos exactamente qué necesitas según tu sentencia o convenio.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar ITP al cambiar el coche de nombre por un divorcio?

Normalmente no. La adjudicación del vehículo a uno de los cónyuges al disolver la sociedad de gananciales está exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (art. 45.I.B.3 del Texto Refundido del ITP y AJD). Solo tributa si hay un exceso de adjudicación —cuando el reparto de bienes no es equitativo—: en ese caso, el exceso se liquida con el modelo 600.

¿Qué documento necesito para poner el coche a mi nombre tras el divorcio?

La sentencia judicial o el convenio regulador donde conste que el vehículo es para ti (la propiedad, no el simple uso o usufructo). Si la sentencia ya identifica el coche por matrícula o bastidor y a quién se adjudica, no hace falta además el convenio regulador.

¿Puedo hacer el cambio si mi ex no quiere firmar?

Sí. Si uno de los cónyuges no quiere firmar la documentación, el trámite puede realizarse únicamente con la sentencia de divorcio, sin necesidad de su firma ni de su DNI.

¿Cuánto cuesta cambiar la titularidad del coche por divorcio?

La tasa de la DGT (tasa 1.5, 55,70 € en 2026) más los honorarios de la gestoría si delegas el trámite (desde 60 € + IVA). En el caso típico no se paga ITP porque la adjudicación está exenta, salvo que exista un exceso de adjudicación.

¿Qué plazo tengo para cambiar la titularidad tras el divorcio?

30 días desde la fecha de la sentencia o del acuerdo (convenio regulador) que te adjudica el vehículo, según la DGT. Pasado el plazo el trámite sigue siendo posible, pero conviene no demorarlo.

¿Y si el coche no aparece en la sentencia de divorcio?

Si el vehículo no está incluido en la sentencia ni en un convenio regulador y lo posee el ex-cónyuge que no es el titular, la Jefatura de Tráfico no puede tramitar el cambio. En ese caso hay que reclamarlo por la vía judicial antes de poder transferirlo.

¿Cuánto tarda una transferencia por divorcio?

Las transferencias por divorcio se tramitan de forma telemática, pero requieren una validación previa de la documentación por parte del Colegio de Gestores Administrativos, así que no son el trámite exprés de una compraventa normal. Nosotros nos encargamos de todo el proceso y te avisamos cuando está listo.

El coche está en baja temporal, ¿puedo ponerlo a mi nombre?

Sí. Si el vehículo adjudicado en el divorcio está en baja temporal voluntaria, la persona a la que se le adjudica puede darlo de alta y ponerlo a su nombre sin la firma del ex-cónyuge. Si luego quiere venderlo, primero hace el alta y la transferencia a su nombre y después la venta al tercero.

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