Cuando fallece el titular de un coche, el vehículo pasa a formar parte de la herencia y hay que ponerlo a nombre del heredero que lo recibe. No se paga ITP (como en una compraventa), sino el Impuesto de Sucesiones, y existe un plazo concreto. Esta guía explica el proceso completo en 2026: plazos, documentos y las dos vías posibles según si el coche ya está adjudicado o no.
Dos situaciones tras el fallecimiento
El Reglamento General de Vehículos (art. 32.6) contempla dos trámites distintos según el momento:
1 · Custodia provisional (el coche aún no está adjudicado)
Si la herencia todavía no se ha repartido pero alguien tiene el coche a su cargo, esa persona debe notificarlo a la Jefatura de Tráfico antes de 90 días desde el fallecimiento. La DGT anota en el permiso y en el Registro de Vehículos: «En poder hasta su adjudicación hereditaria de…», con los datos del depositario. A partir de esa anotación, esa persona asume las obligaciones del titular (seguro, impuestos, etc.) mientras dure la situación. Esta anotación tiene su propia tasa: la 4.1, de 8,67 € (2026), distinta de la tasa 1.5 (55,70 €) de la transferencia definitiva.
2 · Transferencia por fallecimiento (el coche ya está adjudicado)
Cuando la herencia se reparte y el vehículo se adjudica a un heredero concreto, ese adjudicatario tiene 90 días —desde la fecha del documento que le acredita como tal— para solicitar el permiso de circulación a su nombre. Es la transferencia definitiva.
¿Y si no hay testamento?
Cuando el fallecido no dejó testamento, antes de cualquier trámite en la DGT hay que obtener el acta notarial de declaración de herederos (la llamada declaración de herederos abintestato), que determina legalmente quiénes son los herederos. Con esa acta, más el certificado de defunción y el justificante del Impuesto de Sucesiones, se tramita la custodia provisional o, si el coche ya está adjudicado, la transferencia definitiva. El resto del proceso en la DGT es idéntico al de una herencia con testamento.
Qué impuesto se paga: Sucesiones, no ITP
Un coche heredado no tributa por ITP (el impuesto de las compraventas), sino por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Es un impuesto autonómico: cada comunidad fija sus reducciones y bonificaciones, que suelen ser muy importantes entre familiares directos (cónyuge, hijos, padres). Por eso el coste real del ISD depende mucho de tu comunidad y del grado de parentesco.
Para tramitar el cambio en la DGT necesitas el justificante de la liquidación del Impuesto de Sucesiones correspondiente a la herencia (el vehículo se incluye en la masa hereditaria junto con el resto de bienes). Te recomendamos verificar las reducciones aplicables en tu comunidad autónoma antes de liquidar.
Documentación necesaria
Para poner el coche heredado a tu nombre necesitas:
- Testamento o declaración de herederos (acta notarial cuando no hay testamento).
- Justificante de la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
- Documento de adjudicación del vehículo, si hay varios herederos (cuaderno particional o acuerdo de adjudicación que indique a quién se adjudica el coche).
- Permiso de circulación del vehículo.
- Ficha técnica con la ITV en vigor.
- DNI/NIE en vigor del adjudicatario.
Tienes la lista general y otros casos en la guía de documentos para transferir un vehículo, y el procedimiento general en la guía del cambio de titularidad.
Cuánto cuesta
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Tasa DGT · transferencia definitiva (tasa 1.5) | 55,70 € (2026) |
| Tasa DGT · custodia provisional (tasa 4.1) | 8,67 € (2026) |
| ITP | No se paga (es herencia) |
| Impuesto de Sucesiones | Según comunidad autónoma y parentesco |
| Honorarios de gestoría (si lo delegas) | Desde 60 € + IVA |
La tasa de la DGT es la misma que en cualquier transferencia de coche (55,70 €). El gran factor de coste es el Impuesto de Sucesiones, que con las reducciones por parentesco habituales entre familiares directos suele ser reducido — pero depende de cada comunidad.
Caso de un solo heredero vs varios herederos
- Un solo heredero: hereda todo, incluido el coche. Con el testamento/declaración de herederos y el justificante del ISD, se tramita directamente la transferencia a su nombre.
- Varios herederos: hace falta el documento de adjudicación que indique a cuál de ellos se adjudica el vehículo. Si todos están de acuerdo, la adjudicación es sencilla; si no, el reparto debe resolverse antes de poder transferir.
Cómo lo hacemos nosotros
Nos escribes por WhatsApp al 711 543 000 con el permiso de circulación del coche y la documentación de la herencia, revisamos tu caso (un heredero o varios, con o sin testamento) y, como gestor administrativo colegiado, tramitamos el cambio en la DGT y te emitimos el permiso provisional en menos de una hora —si el vehículo no tiene incidencias y la documentación está completa—. Lo ves todo en /vehiculos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo hay para cambiar la titularidad de un coche heredado?
El adjudicatario tiene 90 días desde la adjudicación para ponerlo a su nombre (art. 32.6 del Reglamento General de Vehículos). Mientras se reparte la herencia, quien tenga el coche debe notificar la custodia provisional antes de 90 días desde el fallecimiento.
¿Se paga ITP por un coche heredado?
No. Se paga el Impuesto de Sucesiones (autonómico), no ITP. Para el cambio en la DGT hay que presentar el justificante de la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
¿Qué documentos necesito?
Testamento o declaración de herederos, justificante del Impuesto de Sucesiones, documento de adjudicación (si hay varios herederos), permiso de circulación, ficha técnica con ITV en vigor y DNI/NIE del adjudicatario.
¿Puedo vender el coche heredado sin ponerlo a mi nombre?
Primero hay que acreditar la adjudicación hereditaria; la DGT no inscribe la venta de un vehículo cuyo titular ha fallecido sin la documentación de la herencia. Lo habitual es ponerlo a nombre del heredero y luego venderlo.
¿Y si el coche tarda en repartirse entre los herederos?
Se usa la custodia provisional: se notifica a la DGT antes de 90 días desde el fallecimiento y, cuando se adjudique, el adjudicatario dispone de otros 90 días para la transferencia definitiva.
¿Cuánto cuesta poner a mi nombre un coche heredado?
La tasa de la DGT es 55,70 € (tasa 1.5) para la transferencia definitiva, o 8,67 € (tasa 4.1) si solo se anota la custodia provisional. Aparte está el Impuesto de Sucesiones (según tu comunidad y parentesco) y los honorarios de la gestoría si delegas el trámite.
Fuentes oficiales
- DGT — Transferencia por fallecimiento del titular con adjudicatario
- DGT — Transferencia por fallecimiento del titular sin adjudicatario
- DGT — Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo
- DGT — Descripción de tasas oficiales 2026
- BOE — Real Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos (art. 32)
- BOE — Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo hay para cambiar la titularidad de un coche heredado?
El adjudicatario tiene 90 días desde la fecha del documento que le acredita como nuevo titular para solicitar el permiso de circulación a su nombre (art. 32.6 del Reglamento General de Vehículos). Mientras se adjudica, quien tenga el coche debe notificar la situación a la DGT antes de 90 días desde el fallecimiento (custodia provisional).
¿Se paga ITP por un coche heredado?
No. La transmisión por herencia no tributa por ITP, sino por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que gestiona cada comunidad autónoma y tiene reducciones según el parentesco. Para tramitar el cambio en la DGT hay que presentar el justificante de la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
¿Qué documentos necesito para heredar un coche?
Testamento o declaración de herederos, justificante de la liquidación del Impuesto de Sucesiones, documento de adjudicación del vehículo (si hay varios herederos), permiso de circulación, ficha técnica con la ITV en vigor y el DNI/NIE del adjudicatario. Con eso se tramita el cambio en la DGT (tasa 1.5, 55,70 € en 2026).
¿Puedo vender el coche heredado sin ponerlo antes a mi nombre?
Para vender el vehículo, primero hay que ponerlo a nombre del heredero adjudicatario (o tramitar la doble transmisión con la documentación de la herencia y de la venta). La DGT no inscribe una venta de un vehículo cuyo titular ha fallecido sin acreditar antes la adjudicación hereditaria.
¿Qué pasa si el coche tarda en adjudicarse entre los herederos?
Existe la custodia provisional: quien tenga el coche a su cargo lo notifica a la Jefatura de Tráfico antes de 90 días desde el fallecimiento, y la DGT anota 'En poder hasta su adjudicación hereditaria de…'. Cuando se adjudica definitivamente, el adjudicatario tiene otros 90 días para ponerlo a su nombre.
¿Cuánto cuesta poner a mi nombre un coche heredado?
La tasa de la DGT es 55,70 € (tasa 1.5) para la transferencia definitiva, o 8,67 € (tasa 4.1) si solo se anota la custodia provisional mientras se reparte la herencia. Aparte está el Impuesto de Sucesiones, que depende de tu comunidad autónoma y del parentesco, y los honorarios de la gestoría si delegas el trámite (desde 60 € + IVA).
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