El cambio de titularidad o transferencia es el trámite por el que la DGT registra que un vehículo cambia de dueño. Es obligatorio cuando compras un coche o moto usados, recibes un vehículo por herencia, separación o donación, o tu sociedad lo transfiere a un particular o viceversa. Esta guía cubre el procedimiento completo en 2026, los costes reales y los plazos.

Cuándo necesitas hacer un cambio de titularidad

Casos típicos:

  • Compra-venta de vehículo usado entre particulares.
  • Compra a empresa (no se paga ITP si compras a un concesionario, pero sí IVA — distinta gestión).
  • Herencia (con justificante del impuesto de sucesiones o donaciones). Tienes el proceso completo en la guía del cambio de titularidad de un coche por herencia.
  • Donación familiar (con escritura pública y modelo 651).
  • Separación o divorcio con adjudicación del vehículo (con sentencia o convenio regulador) — el cambio de titularidad por divorcio o separación tiene sus particularidades.
  • Aportación a sociedad o disolución de sociedad con adjudicación del vehículo (tasa 1.6).

En todos los casos, la DGT registra el nuevo titular en el permiso de circulación.

Coste total · desglose 2026

El precio se compone de tres conceptos que se pagan por separado:

Concepto 1 · Tasa DGT (importes oficiales 2026)

TasaConceptoImporte 2026
1.5Cambio titularidad coche, moto matrícula L, furgoneta, camión ligero, autocaravana55,70 €
1.2Cambio titularidad ciclomotor (≤ 50 cc, matrícula amarilla)27,85 €
1.6Cambio por fusión, escisión o aportación no dineraria9,89 €
4.1Informe del vehículo (no obligatorio pero recomendable antes de comprar)8,67 €

Estos importes los fija la DGT cada año. La fuente oficial es la Descripción de tasas existentes publicada en la sede electrónica DGT. Si tu vehículo es de dos ruedas, en la guía de transferencia de moto o ciclomotor tienes la diferencia de tasa entre ambos explicada al detalle.

Concepto 2 · ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) autonómico

El ITP es un impuesto autonómico que grava la compraventa entre particulares de vehículos usados. No aplica si compras un coche a una empresa o concesionario (en su lugar pagas IVA, no ITP).

Se paga con el modelo 620 (general) o 621 (vehículos), ante la Hacienda autonómica donde tengas tu residencia fiscal. El tipo varía:

CCAATipo ITP vehículos
Madrid, Andalucía, Murcia, Canarias, La Rioja, Castilla-La Mancha4%
Cataluña, Galicia, Asturias, Castilla y León, Aragón5-6%
Comunidad Valenciana, Baleares6-8%
País Vasco, Navarrarégimen foral propio

Tienes el detalle del cálculo y los tipos exactos por comunidad en las guías del ITP de transferencia en Andalucía, Madrid, Cataluña, la Comunitat Valenciana y Murcia.

Los tipos exactos los fija cada CCAA en su ley de medidas fiscales del ejercicio. Verifica el de tu CCAA en su web de Hacienda autonómica antes del cambio.

Sobre qué valor se aplica el ITP: el valor venal del vehículo, que se determina con las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda publicadas anualmente por Orden HFP. Es independiente del precio que figure en el contrato — Hacienda asume el valor de las tablas salvo prueba en contrario. Si el coche es muy antiguo o tiene defectos, puede valorarse por debajo con tasación independiente.

Ejemplo cálculo ITP:

  • Coche con valor venal según tablas: 8.000 €
  • CCAA: Andalucía (ITP 4%)
  • ITP a pagar: 320 €

Concepto 3 · Honorarios del gestor (opcional)

Por defecto, todos estos conceptos los asume el comprador (es el obligado legal a tramitar); puedes ver el reparto al detalle en quién paga la transferencia de un coche.

Si tramitas tú mismo: 0 € (pero pierdes tiempo y puedes equivocarte en casillas).

Si lo delegas en un gestor administrativo colegiado: desde 60 € + IVA por trámite. Incluye liquidación del ITP, presentación en la DGT, modelo de contrato de compraventa y atención durante el proceso. Lo hacemos en /vehiculos.

Coste total ejemplo

Caso típico: turismo de 5 años, valor venal 8.000 €, residencia Andalucía:

Tasa 1.5 DGT          55,70 €
ITP 4% s/8.000 €     320,00 €
Honorarios gestor     60,00 € + IVA (72,60 €)
─────────────────────────────
TOTAL para comprador 448,30 €

Otros escenarios

VehículoValor venalCCAA / ITPTasa DGTITPHonorariosTotal
Turismo 10 años3.500 €Madrid (4%)55,7014072,60268,30 €
SUV 5 años12.000 €Cataluña (5%)55,7060072,60728,30 €
Coche premium 3 años25.000 €Valencia (8%)55,702.00072,602.128,30 €
Moto matrícula L 4 años4.000 €Andalucía (4%)55,7016072,60288,30 €
Ciclomotor matrícula amarilla800 €Madrid (4%)27,853272,60132,45 €

Los importes son orientativos. El valor venal lo fijan las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda, no el precio que figure en el contrato.

Calculadora

Calcula el coste de tu cambio de titularidad.

Estimación con las tablas oficiales de Hacienda (Anexo I y IV de la Orden HAC/1501/2025) y el ITP de tu comunidad. Te damos el desglose completo: ITP + tasa DGT + nuestros honorarios.

Tipo de vehículo
Modelo
Escribe el modelo de tu coche y elígelo de la lista. Cargamos automáticamente cilindrada, caballos fiscales y valor fiscal de las tablas oficiales — no tienes que buscarlos tú.

Cálculo orientativo según las tablas oficiales vigentes (Orden HAC/1501/2025, BOE-A-2025-26357). El importe definitivo del ITP depende de la liquidación de cada comunidad autónoma. No incluye posibles recargos por presentación fuera de plazo.

Hacerlo tú en la DGT vs que lo hagamos nosotros

Tú directamente en la DGTCon nosotros (gestor administrativo colegiado)
Coste de gestión0 € (solo pagas tasa + ITP)60 € + IVA (además de tasa + ITP)
Cita previa en la DGTSí, obligatoriaNo la necesitas
Liquidación del ITPLa haces tú aparte en tu Hacienda autonómicaLa liquidamos nosotros
Contrato de compraventaTienes que conseguir un modelo válidoTe damos el modelo
Tu tiempoEl trámite, la cita y la liquidación del ITP los haces túNos mandas la documentación por WhatsApp y nos encargamos
Riesgo de errorA tu cargo (casillas, valor venal, ITP fuera de plazo)Lo revisamos nosotros

Hacerlo por tu cuenta es gratis pero te lleva tu tiempo y el riesgo de error es tuyo. Si prefieres no ocuparte, lo hacemos por 60 € + IVA.

Documentación que necesitas

Para tramitarlo (con nosotros o por tu cuenta) reúne lo siguiente. Si quieres la lista exacta caso por caso, tienes el detalle en la guía de documentos para transferir un coche.

Del vendedor:

  • DNI/NIE en vigor.
  • Permiso de circulación del vehículo (original o copia clara).
  • Si es sociedad: NIF + escritura de poderes del firmante.

El vendedor tiene además un trámite propio: la notificación de venta ante la DGT (tasa 4.1, 8,67 €), para dejar de figurar como responsable del vehículo aunque el comprador tarde en transferirlo.

Del comprador:

  • DNI/NIE en vigor.
  • Empadronamiento o declaración del domicilio fiscal actual.

Del vehículo:

  • Ficha técnica (ITV) en vigor — si está caducada, hay que pasar la ITV antes.
  • Justificante del IVTM (impuesto de circulación municipal) del año en curso pagado.
  • Contrato de compraventa firmado por las dos partes (te damos modelo).

Casos especiales:

  • Herencia: liquidación del Impuesto de Sucesiones (modelo 650) o declaración de herederos.
  • Donación familiar: escritura pública + liquidación Impuesto Donaciones (modelo 651).
  • Vehículo importado (segunda mano de la UE): documentación de matriculación previa + tasa 4.1 (8,67 €).
  • Cargas o reservas de dominio: certificado de cancelación de la financiera o anotación.

Trámite paso a paso

Paso 1 · Firmar contrato

Modelo libre, no oficial. Tiene que contener al menos:

  • Datos completos de comprador y vendedor (nombre, DNI/NIE, domicilio).
  • Datos del vehículo (matrícula, marca, modelo, número de bastidor, kilómetros).
  • Precio acordado.
  • Fecha y lugar.
  • Firma de ambas partes (cada hoja del contrato).

El precio del contrato no determina el ITP — ese se calcula sobre el valor venal. Pero conviene poner el precio real porque ante un litigio posterior es la prueba económica de la operación.

Paso 2 · Liquidar el ITP

Antes de ir a la DGT, hay que liquidar el ITP en la Hacienda autonómica con el modelo 620 o 621:

  • Online con certificado digital en la web de tu CCAA.
  • Presencialmente en una oficina liquidadora.
  • A través de un gestor administrativo (lo hacemos nosotros).

Te emiten justificante del pago — ese justificante es obligatorio para el siguiente paso.

Paso 3 · Tramitar el cambio en la DGT

Con todos los documentos (contrato, permiso de circulación, justificante ITP, DNIs, ITV, IVTM):

  • Online en la sede electrónica DGT con certificado digital del comprador.
  • Presencialmente en una jefatura de tráfico con cita previa.
  • Por gestor administrativo colegiado vía telemática (lo más rápido).

La DGT cobra la tasa 1.5 o 1.2 en este paso.

Paso 4 · Recibir el permiso

La DGT emite un permiso provisional que sirve para circular desde ese mismo momento. El permiso definitivo de circulación llega por correo postal en 7-15 días, ya con la titularidad cambiada. Tienes el detalle de cuánto tarda el cambio de titularidad, del provisional al definitivo, en su guía.

Errores frecuentes (vemos cada semana)

  1. No firmar el contrato en todas las hojas. La DGT lo rechaza. Cada folio tiene que llevar firma de las dos partes.
  2. Olvidar la liquidación del ITP antes del cambio. Sin justificante del modelo 620/621, la DGT no tramita.
  3. Comprar sin verificar cargas. Antes de pagar, comprueba si el coche tiene cargas pidiendo la Tasa 4.1 (informe del vehículo) por 8,67 €. Detecta embargos, prendas, reservas de dominio o multas pendientes. Si el coche arrastra alguna, mira cómo transferir un coche con cargas o embargo y qué bloquea realmente el cambio.
  4. No actualizar el IVTM con el ayuntamiento nuevo. El vehículo se transfiere pero el padrón fiscal sigue en el municipio del antiguo titular. Hay que comunicarlo en el ayuntamiento del nuevo titular en los 30 días siguientes.
  5. Pasar de los 30 días. El cambio se puede tramitar igualmente, pero la DGT puede iniciar un procedimiento sancionador al comprador por presentarlo fuera de plazo (art. 32 RGV). Conviene cumplir el plazo y no apurarlo.

Casos especiales

Herencia

Cambio por herencia: además del contrato, necesitas:

  • Declaración de herederos o testamento.
  • Liquidación Impuesto de Sucesiones y Donaciones (modelo 650) ya pagado.
  • Acta de adjudicación del vehículo entre los herederos si son varios.

Sin coste de ITP (lo paga el Sucesorio en su caso).

Donación familiar

Cambio por donación entre familiares:

  • Escritura pública de donación ante notario (≈ 150-300 €).
  • Liquidación Impuesto de Donaciones (modelo 651).
  • Sin ITP (ya lo cubre Donaciones).

Sociedades

Cambio entre sociedades o de sociedad a particular:

  • Tasa 1.6 (9,89 €) si es fusión / escisión / aportación no dineraria.
  • Tasa 1.5 normal (55,70 €) si es compraventa estándar.
  • Sin ITP entre sujetos pasivos del IVA (lleva IVA en su lugar).

Resumen

  • Tasa DGT 2026: 55,70 € (coche/moto) o 27,85 € (ciclomotor).
  • ITP autonómico: 4-8% del valor venal según CCAA.
  • Honorarios gestor (opcional): desde 60 € + IVA.
  • Plazo legal del comprador: 30 días desde firma del contrato.
  • Documentación: contrato firmado + DNI/NIE de ambos + permiso de circulación + ITV en vigor + IVTM pagado + justificante ITP.
  • Trámite: online en sede DGT o por gestor administrativo colegiado.

Si quieres que lo hagamos por ti, escríbenos por WhatsApp o entra a /vehiculos para más detalles. Como gestor administrativo colegiado lo hacemos online en 24-48h.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta hacer el cambio de titularidad de un coche en 2026?

Tres conceptos sumados: (1) Tasa 1.5 de la DGT — 55,70 € en 2026; (2) ITP autonómico — 4-8% del valor venal según CCAA; (3) Honorarios del gestor si delegas el trámite (desde 60 € + IVA). Para un coche de 5 años valorado en 8.000 € en Andalucía (ITP 4%): 55,70 + 320 + 60 = 435,70 € total.

¿Y un ciclomotor o una moto?

Para moto con matrícula L (>50 cc) la tasa es la misma que el coche: 1.5 — 55,70 €. Para ciclomotor con matrícula amarilla (≤50 cc) la tasa es 1.2 — 27,85 €. ITP igual: 4-8% según CCAA. El procedimiento es idéntico al del coche.

¿Quién paga el cambio de titularidad, el comprador o el vendedor?

Por ley el comprador es el obligado a tramitar el cambio dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato (art. 32 del Reglamento General de Vehículos). En la práctica es habitual que el comprador asuma todos los gastos (tasa DGT + ITP + gestoría), pero el contrato puede pactar otra cosa entre ambas partes.

¿Puedo hacer el cambio sin contrato de compraventa firmado?

No. La DGT exige presentar un contrato de compraventa firmado por las dos partes (modelo libre, no oficial). Sin él, no se puede tramitar. Si te conviene, te facilitamos un modelo de contrato de compraventa que cumple todos los requisitos antes de empezar.

¿Qué pasa si pasan más de 30 días desde la compra?

El cambio se puede tramitar igualmente, pero la DGT puede iniciar un procedimiento sancionador al comprador por presentarlo fuera del plazo de 30 días (art. 32 del Reglamento General de Vehículos). Además, la DGT no tramita transferencias con determinadas multas pendientes asociadas al vehículo, así que conviene no demorarlo.

¿Cómo se calcula el ITP del vehículo?

Sobre el valor venal del vehículo, que se determina con las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda (Orden HFP de precios medios). Tu CCAA aplica un porcentaje sobre ese valor venal — entre 4% y 8% según comunidad y antigüedad del vehículo. Se paga con el modelo 620 (o 621 según CCAA) ANTES del cambio en la DGT.

¿Te ha sido útil este artículo?

Si quieres que tramitemos tu cambio de titularidad, escríbenos. Emitimos el permiso provisional en 1 hora.

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