El cambio de titularidad —también llamado cambio de nombre del coche o transferencia— es el trámite por el que la DGT registra que un vehículo cambia de dueño. Es obligatorio cuando compras un coche o moto usados, recibes un vehículo por herencia, separación o donación, o tu sociedad lo transfiere a un particular o viceversa. Esta guía cubre el procedimiento completo en 2026, los costes reales —con los tipos de ITP verificados comunidad a comunidad en las haciendas autonómicas— y los plazos. La escribimos desde la práctica: somos gestores administrativos colegiados (nº 453, Colegio de Málaga) y tramitamos transferencias a diario.

Cuándo necesitas hacer un cambio de titularidad

Casos típicos:

  • Compra-venta de vehículo usado entre particulares.
  • Compra a empresa (no se paga ITP si compras a un concesionario, pero sí IVA — distinta gestión).
  • Herencia (con justificante del impuesto de sucesiones). Tienes el proceso completo en la guía del cambio de titularidad de un coche por herencia.
  • Donación familiar (con documento de donación e Impuesto de Donaciones liquidado) — guía completa en donar un coche a un hijo o familiar.
  • Separación o divorcio con adjudicación del vehículo (con sentencia o convenio regulador) — el cambio de titularidad por divorcio o separación tiene sus particularidades.
  • Aportación a sociedad por fusión, escisión o aportación no dineraria (tasa 1.6).

En todos los casos, la DGT registra el nuevo titular en el permiso de circulación.

¿Cuánto cuesta el cambio de titularidad en 2026?

El precio se compone de tres conceptos que se pagan por separado. (Si solo te interesa el precio, tienes todos los escenarios al detalle en cuánto cuesta cambiar la titularidad de un coche.)

Concepto 1 · Tasa DGT (importes oficiales 2026)

TasaConceptoImporte 2026
1.5Cambio titularidad coche, moto matrícula L, furgoneta, camión ligero, autocaravana55,70 €
1.2Cambio titularidad ciclomotor (≤ 50 cc, matrícula amarilla)27,85 €
1.6Cambio por fusión, escisión o aportación no dineraria9,89 €
4.1Informe del vehículo (no obligatorio pero recomendable antes de comprar)8,67 €

Estos importes los fija la DGT cada año. La fuente oficial es la Descripción de tasas existentes publicada en la sede electrónica DGT. Si tu vehículo es de dos ruedas, en la guía de transferencia de moto o ciclomotor tienes la diferencia de tasa entre ambos explicada al detalle.

Concepto 2 · ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) autonómico

El ITP es un impuesto autonómico que grava la compraventa entre particulares de vehículos usados. No aplica si compras un coche a una empresa o concesionario (en su lugar pagas IVA, no ITP). Lo paga el comprador a su comunidad de residencia —da igual dónde esté el coche— con el modelo 620 (o 621 en Andalucía), antes del cambio en la DGT.

Esta es la tabla de las cinco comunidades que liquidamos a diario, con los tipos y particularidades verificados en la web de cada hacienda autonómica (junio 2026):

CCAATipo generalLo que cambia el precioModeloPlazo
Andalucía4 %8 % si el turismo/todoterreno supera los 15 CV fiscales; tipo reducido para cero emisiones621 (ATRIAN)2 meses
Madrid4 %Sin recargo por potencia; reducción al 70 % si el vehículo se dedicó más de 6 meses en exclusiva a autoescuela, alquiler sin conductor o taxi62030 días hábiles
Cataluña5 %0 % cero emisiones; 10 o más años: sin obligación de presentar el 620 → 0 € (salvo históricos o valor de nuevo ≥ 40.000 €)620 (ATC)1 mes
C. Valenciana6 %8 % si ≤ 5 años con > 2.000 cc o valor ≥ 20.000 €; cuotas fijas de 10 a 280 € si tiene más de 5 años y vale menos de 20.000 €620 (ATV)1 mes
Murcia4 %Más de 12 años: cuota fija de 0 a 75 € por cilindrada (hasta 1.000 cc, 0 € y sin presentar)620 (ATRM)30 días hábiles

¿Resides en otra comunidad? El esquema general en el resto de España se mueve entre el 4 % y el 8 % (y regímenes forales propios en País Vasco y Navarra), pero cada CCAA fija sus tipos y excepciones en su normativa del ejercicio. Tramitamos transferencias para toda España: te confirmamos el ITP exacto de tu comunidad antes de cobrarte nada.

Sobre qué valor se aplica el ITP: el valor del vehículo — se declara el mayor entre el precio del contrato y el valor venal de las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda (Orden HAC/1501/2025 para 2026), ya reducido según la antigüedad. Si declaras un valor inferior al de tablas, la Administración puede iniciar una comprobación de valores y liquidarte la diferencia. Tienes el mecanismo explicado casilla a casilla en la guía del modelo 620/621.

Ejemplo cálculo ITP:

  • Coche con valor de tablas: 8.000 €
  • CCAA: Andalucía (ITP 4 %)
  • ITP a pagar: 320 €

Concepto 3 · Honorarios del gestor (opcional)

Por defecto, todos estos conceptos los asume el comprador (es el obligado legal a tramitar); puedes ver el reparto al detalle en quién paga la transferencia de un coche.

Si tramitas tú mismo: 0 € (pero pierdes tiempo y puedes equivocarte en casillas).

Si lo delegas en un gestor administrativo colegiado: desde 60 € + IVA por trámite. Incluye liquidación del ITP, presentación en la DGT, modelo de contrato de compraventa y atención durante el proceso. Lo hacemos en /vehiculos.

Coste total ejemplo

Caso típico: turismo de 5 años, valor de tablas 8.000 €, residencia Andalucía:

Tasa 1.5 DGT          55,70 €
ITP 4% s/8.000 €     320,00 €
Honorarios gestor     60,00 € + IVA (72,60 €)
─────────────────────────────
TOTAL para comprador 448,30 €

Otros escenarios

VehículoValor de tablasCCAA / ITPTasa DGTITPHonorariosTotal
Turismo 10 años3.500 €Madrid (4 %)55,7014072,60268,30 €
Turismo 12 añosCataluña (sin 620)55,70072,60128,30 €
SUV 5 años12.000 €Cataluña (5 %)55,7060072,60728,30 €
Coche premium 3 años25.000 €C. Valenciana (8 %)55,702.00072,602.128,30 €
Moto matrícula L 4 años4.000 €Andalucía (4 %)55,7016072,60288,30 €
Ciclomotor matrícula amarilla800 €Madrid (4 %)27,853272,60132,45 €

Los importes son orientativos. El valor de tablas lo fijan las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda, no el precio que figure en el contrato.

Calculadora

Calcula el coste de tu cambio de titularidad.

Estimación con las tablas oficiales de Hacienda (Anexo I y IV de la Orden HAC/1501/2025) y el ITP de tu comunidad. Te damos el desglose completo: ITP + tasa DGT + nuestros honorarios.

Tipo de vehículo
Modelo
Escribe el modelo de tu coche y elígelo de la lista. Cargamos automáticamente cilindrada, caballos fiscales y valor fiscal de las tablas oficiales — no tienes que buscarlos tú.

Cálculo orientativo según las tablas oficiales vigentes (Orden HAC/1501/2025, BOE-A-2025-26357). El importe definitivo del ITP depende de la liquidación de cada comunidad autónoma. No incluye posibles recargos por presentación fuera de plazo.

Hacerlo tú en la DGT vs que lo hagamos nosotros

Tú directamente en la DGTCon nosotros (gestor administrativo colegiado)
Coste de gestión0 € (solo pagas tasa + ITP)60 € + IVA (además de tasa + ITP)
Cita previa en la DGTSí, obligatoriaNo la necesitas
Liquidación del ITPLa haces tú aparte en tu Hacienda autonómicaLa liquidamos nosotros
Contrato de compraventaTienes que conseguir un modelo válidoTe damos el modelo
Tu tiempoEl trámite, la cita y la liquidación del ITP los haces túNos mandas la documentación por WhatsApp y nos encargamos
Riesgo de errorA tu cargo (casillas, valor de tablas, ITP fuera de plazo)Lo revisamos nosotros

Hacerlo por tu cuenta es gratis pero te lleva tu tiempo y el riesgo de error es tuyo. Si prefieres no ocuparte, lo hacemos por 60 € + IVA.

Permiso provisional en menos de 1 hora

Presentamos las transferencias por la vía telemática profesional ante la DGT. En cuanto la DGT aprueba la solicitud, se genera la autorización provisional de circulación a nombre del comprador y te la enviamos en PDF: con ella puedes circular desde ese mismo momento por toda España (con ITV en vigor y seguro a tu nombre), mientras el permiso definitivo llega por correo.

Documentación que necesitas

Para tramitarlo (con nosotros o por tu cuenta) reúne lo siguiente. Si quieres la lista exacta caso por caso, tienes el detalle en la guía de documentos para transferir un coche.

Del vendedor:

  • DNI/NIE en vigor.
  • Permiso de circulación del vehículo (original o copia clara).
  • Si es sociedad: NIF + escritura de poderes del firmante.

El vendedor tiene además un trámite propio: la notificación de venta ante la DGT (tasa 4.1, 8,67 €), para dejar de figurar como responsable del vehículo aunque el comprador tarde en transferirlo.

Del comprador:

  • DNI/NIE en vigor.
  • Empadronamiento o declaración del domicilio fiscal actual.

Del vehículo:

  • Ficha técnica (tarjeta ITV). Sobre la inspección: el cambio puede tramitarse con la ITV caducada, pero el nuevo permiso solo es válido para circular con la ITV en vigor — lo práctico es tenerla al día antes del cambio.
  • Justificante del último IVTM (impuesto de circulación municipal) pagado.
  • Contrato de compraventa firmado por las dos partes (te damos modelo).

Casos especiales:

  • Herencia: liquidación del Impuesto de Sucesiones (modelo 650) o declaración de herederos.
  • Donación familiar: documento de donación + liquidación del Impuesto de Donaciones (modelo 651).
  • Vehículo importado (segunda mano de la UE): primero hay que matricularlo en España — es un trámite distinto de la transferencia ordinaria, con sus propios impuestos (IEDMT, IVA si es nuevo). Lo tienes en importar y matricular un coche de la UE.
  • Cargas o reservas de dominio: certificado de cancelación de la financiera o anotación.

Trámite paso a paso

En cuatro pasos:

  1. Firmar el contrato de compraventa (ambas partes, todas las hojas).
  2. Liquidar el ITP en tu Hacienda autonómica (modelo 620/621), cuando es exigible.
  3. Tramitar el cambio en la DGT (online, presencial o por gestor) y pagar la tasa.
  4. Recibir el permiso provisional (circulas ya) y el definitivo por correo.

Paso 1 · Firmar contrato

Modelo libre, no oficial. Tiene que contener al menos:

  • Datos completos de comprador y vendedor (nombre, DNI/NIE, domicilio).
  • Datos del vehículo (matrícula, marca, modelo, número de bastidor, kilómetros).
  • Precio acordado.
  • Fecha y lugar.
  • Firma de ambas partes (cada hoja del contrato).

El precio del contrato no determina por sí solo el ITP — el impuesto se calcula sobre el mayor entre ese precio y el valor de tablas. Pero conviene poner el precio real porque ante un litigio posterior es la prueba económica de la operación.

Paso 2 · Liquidar el ITP

Antes de ir a la DGT, hay que resolver el ITP en la Hacienda autonómica con el modelo 620 o 621:

  • Online con certificado digital en la web de tu CCAA.
  • Presencialmente en una oficina liquidadora.
  • A través de un gestor administrativo (lo hacemos nosotros).

Te emiten justificante del pago — ese justificante es necesario para el siguiente paso. (Excepciones: en Cataluña, los vehículos de 10 o más años no presentan el 620; en Murcia, los de más de 12 años y hasta 1.000 cc tampoco — la cuota es 0 €.)

Paso 3 · Tramitar el cambio en la DGT

Con todos los documentos (contrato, permiso de circulación, justificante del ITP cuando toca, DNIs):

  • Online en la sede electrónica DGT con certificado digital del comprador.
  • Presencialmente en una jefatura de tráfico con cita previa.
  • Por gestor administrativo colegiado vía telemática (lo más rápido).

La DGT cobra la tasa 1.5 o 1.2 en este paso.

Paso 4 · Recibir el permiso

La DGT emite un permiso provisional que sirve para circular desde ese mismo momento (con nosotros, en menos de 1 hora si no hay incidencias). El permiso definitivo de circulación suele llegar por correo postal en una o dos semanas —orientativo, la DGT no garantiza un plazo—, ya con la titularidad cambiada. Tienes el detalle de cuánto tarda el cambio de titularidad, del provisional al definitivo, en su guía.

Errores frecuentes (vemos cada semana)

  1. No firmar el contrato en todas las hojas. La DGT lo rechaza. Cada folio tiene que llevar firma de las dos partes.
  2. Olvidar la liquidación del ITP antes del cambio. Sin el justificante del modelo 620/621 (cuando es exigible), la DGT no tramita.
  3. Comprar sin verificar cargas. Antes de pagar, comprueba si el coche tiene cargas pidiendo la Tasa 4.1 (informe del vehículo) por 8,67 €. Detecta embargos, prendas, reservas de dominio o multas pendientes. Si el coche arrastra alguna, mira cómo transferir un coche con cargas o embargo y qué bloquea realmente el cambio.
  4. No actualizar el IVTM con el ayuntamiento nuevo. El vehículo se transfiere pero el padrón fiscal sigue en el municipio del antiguo titular. Conviene comunicarlo al ayuntamiento del nuevo titular cuanto antes.
  5. Pasar de los 30 días. El cambio se puede tramitar igualmente, pero la DGT puede iniciar un procedimiento sancionador al comprador por presentarlo fuera de plazo (art. 32 RGV). Conviene cumplir el plazo y no apurarlo.
  6. Pagar ITP que no tocaba. Si resides en Cataluña y el coche tiene 10 o más años, o en Murcia y tiene más de 12 con poca cilindrada, puede que no haya nada que ingresar. Cada año vemos compradores que liquidaron un porcentaje que su comunidad no les exigía.

Casos especiales

Herencia

Sin ITP: la transmisión tributa por el Impuesto de Sucesiones (modelo 650). El circuito documental y de plazos es propio —incluida la vía rápida de la custodia provisional— y lo tienes completo en la guía de herencia de vehículos.

Donación familiar

Cambio por donación entre familiares:

  • Documento de donación en el que conste expresamente que la transmisión es una donación.
  • Liquidación del Impuesto de Donaciones (modelo 651) en la comunidad del que recibe — hay que liquidarlo aunque la cuota salga 0 (exenta o no sujeta), porque la DGT pide el justificante.
  • Sin ITP (la donación tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones). Las bonificaciones por comunidad (99 % entre parientes directos en varias) y el requisito del documento público, en la guía de donar un coche a un familiar.

Sociedades

Cambio entre sociedades o de sociedad a particular:

  • Tasa 1.6 (9,89 €) si es fusión / escisión / aportación no dineraria.
  • Tasa 1.5 normal (55,70 €) si es compraventa estándar.
  • Sin ITP entre sujetos pasivos del IVA (la operación lleva IVA en su lugar) — el detalle, en transferir un coche de empresa a particular.

Resumen

  • Tasa DGT 2026: 55,70 € (coche/moto) o 27,85 € (ciclomotor).
  • ITP autonómico: en general 4-8 % del valor de tablas según CCAA — con cuotas fijas (Murcia >12 años, C. Valenciana >5 años) y sin presentación en Cataluña para 10 o más años.
  • Honorarios gestor (opcional): desde 60 € + IVA.
  • Plazo legal del comprador: 30 días desde firma del contrato.
  • Documentación: contrato firmado + DNI/NIE de ambos + permiso de circulación + justificante del ITP cuando es exigible + último IVTM pagado.
  • Permiso provisional: para circular desde el primer momento — con nosotros, en menos de 1 hora si no hay incidencias.

Si quieres que lo hagamos por ti, escríbenos por WhatsApp o entra a nuestro servicio de transferencia de vehículos. Como gestor administrativo colegiado, calculamos tu coste cerrado, liquidamos el ITP, presentamos en la DGT y te enviamos el permiso provisional en menos de 1 hora si el vehículo está limpio.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta hacer el cambio de titularidad de un coche en 2026?

Tres conceptos sumados: (1) Tasa 1.5 de la DGT — 55,70 € en 2026; (2) ITP autonómico — en general un 4-8 % del valor de tablas según tu comunidad, aunque hay CCAA con cuotas fijas o incluso sin presentación; (3) Honorarios del gestor si delegas el trámite (desde 60 € + IVA). Para un coche de 5 años valorado en 8.000 € en Andalucía (ITP 4 %): 55,70 + 320 + 72,60 = 448,30 € en total.

¿Y un ciclomotor o una moto?

Para moto con matrícula L (>50 cc) la tasa es la misma que el coche: 1.5 — 55,70 €. Para ciclomotor con matrícula amarilla (≤50 cc) la tasa es 1.2 — 27,85 €. El ITP depende igualmente de tu comunidad (porcentaje o cuota fija). El procedimiento es idéntico al del coche.

¿Quién paga el cambio de titularidad, el comprador o el vendedor?

Por ley el comprador es el obligado a tramitar el cambio dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato (art. 32 del Reglamento General de Vehículos). En la práctica es habitual que el comprador asuma todos los gastos (tasa DGT + ITP + gestoría), pero el contrato puede pactar otra cosa entre ambas partes.

¿Puedo hacer el cambio sin contrato de compraventa firmado?

No. La DGT exige presentar un contrato de compraventa firmado por las dos partes (modelo libre, no oficial). Sin él, no se puede tramitar. Si te conviene, te facilitamos un modelo de contrato de compraventa que cumple todos los requisitos antes de empezar.

¿Qué pasa si pasan más de 30 días desde la compra?

El cambio se puede tramitar igualmente, pero la DGT puede iniciar un procedimiento sancionador al comprador por presentarlo fuera del plazo de 30 días (art. 32 del Reglamento General de Vehículos). Además, la DGT no tramita transferencias con determinadas multas pendientes asociadas al vehículo, así que conviene no demorarlo.

¿Cómo se calcula el ITP del vehículo?

Sobre el valor del vehículo: el mayor entre el precio del contrato y el valor de las tablas oficiales de Hacienda (Orden HAC/1501/2025 para 2026), ya reducido por antigüedad. Tu comunidad aplica su tipo (4-8 %) o, en algunos casos, una cuota fija. Se paga con el modelo 620 (o 621 en Andalucía) ANTES del cambio en la DGT.

¿En qué comunidades sale más barato el ITP de un coche usado?

Depende del vehículo. En Cataluña, los coches de 10 o más años no tienen obligación de presentar el modelo 620 (en la práctica, 0 €, salvo históricos o modelos de 40.000 € o más de nuevos). En Murcia, los de más de 12 años pagan cuota fija de 0 a 75 € según cilindrada. En la Comunitat Valenciana, los de más de 5 años y valor inferior a 20.000 € pagan cuotas fijas de 10 a 280 €. Y los cero emisiones tributan al 0 % en Cataluña y a tipo reducido en Andalucía.

¿Se puede circular nada más comprar el coche?

Sí, en cuanto se registra el cambio: la DGT genera un permiso provisional de circulación que te permite circular desde ese momento, con la ITV en vigor y el seguro a tu nombre. Con nosotros, si el vehículo no tiene incidencias y la documentación está completa, lo tienes en menos de 1 hora.

¿Necesito la ITV en vigor para el cambio de titularidad?

Para circular, sí: la DGT advierte que el nuevo permiso de circulación únicamente es válido si el vehículo tiene la ITV en vigor. El trámite en sí puede presentarse con la ITV caducada, pero no podrás usar el coche hasta pasarla, así que lo práctico es tenerla al día antes del cambio.

¿Puedo hacer el cambio de titularidad por WhatsApp?

Sí. Nos envías el contrato y la documentación por WhatsApp al 711 543 000, calculamos el coste total cerrado (ITP + tasa DGT + honorarios), liquidamos el impuesto, presentamos en la DGT y te enviamos el permiso provisional — en menos de 1 hora si el vehículo no tiene incidencias.

¿Cuánto tarda el cambio de titularidad de un coche?

El trámite en sí es inmediato: al registrarse el cambio obtienes el permiso provisional para circular desde el primer momento — con nosotros, en menos de 1 hora si el vehículo no tiene incidencias y la documentación está completa. El permiso definitivo suele llegar por correo en una o dos semanas (orientativo, la DGT no garantiza un plazo).

¿Qué pasa si el comprador no hace el cambio de titularidad?

El vehículo sigue figurando a nombre del vendedor en la DGT. La protección del vendedor es presentar la notificación de venta (tasa 4.1, 8,67 €) para dejar de figurar como responsable del vehículo. El comprador, por su parte, se expone a un procedimiento sancionador si supera el plazo de 30 días.

¿Te ha sido útil este artículo?

Si quieres que tramitemos tu cambio de titularidad, escríbenos. Emitimos el permiso provisional en 1 hora.

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