Una de las primeras dudas al emprender es la más básica y la peor explicada: ¿qué impuestos paga exactamente un autónomo? Entre modelos con número, plazos trimestrales y términos como “pago fraccionado” o “retención”, es fácil perderse. La buena noticia es que, por debajo del ruido, la estructura es sencilla: un autónomo paga dos impuestos y, según su actividad, presenta una serie de modelos para liquidarlos. Esta guía es el mapa completo —qué impuestos, con qué modelos, quién presenta cada uno y en qué plazo de 2026— con la fuente oficial de la AEAT al lado de cada dato. Desde aquí enlazamos a las guías detalladas de cada modelo. Sin cifras inventadas: lo que no está confirmado por la Agencia Tributaria, no lo verás aquí.

Qué impuestos paga un autónomo: la respuesta rápida

Un autónomo persona física paga dos impuestos: el IRPF y el IVA. Todo lo demás —el modelo 130, el 303, el 111, el 347…— no son impuestos distintos, sino los formularios con los que se declaran y liquidan esos dos impuestos (y las retenciones asociadas).

  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): grava el beneficio de la actividad (ingresos menos gastos deducibles). Es progresivo: a mayor beneficio, mayor tipo. Se va pagando a lo largo del año por anticipado y se ajusta en la declaración de la renta.
  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): no grava tu beneficio, sino el consumo. Lo cobras a tus clientes (IVA repercutido), restas el que pagas en tus compras afectas (IVA soportado) e ingresas la diferencia. El autónomo actúa de recaudador: el IVA no es ni un ingreso ni un gasto del negocio.

Una sociedad (SL, SA) no paga IRPF por su beneficio, sino Impuesto sobre Sociedades. Por eso este artículo habla del autónomo persona física; al final comparamos ambos casos.

El IRPF del autónomo

El IRPF es el impuesto sobre tu renta. Como autónomo, lo pagas en dos momentos que después se concilian:

  1. Durante el año, por adelantado: mediante el pago fraccionado (modelo 130 o 131) y/o las retenciones que te practican en factura.
  2. Una vez al año, regularizando: en la declaración de la renta (modelo 100), donde se calcula el IRPF definitivo y se descuenta todo lo ya adelantado.

La idea clave: el IRPF no se paga dos veces. Lo que adelantas durante el año se resta en la renta. Si adelantaste de más, te devuelven; si de menos, completas la diferencia.

¿Cuánto se paga de IRPF? No hay un tipo fijo. El IRPF es progresivo y se calcula por tramos sobre el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles): cuanto mayor es el beneficio, mayor es el tipo medio que pagas. El porcentaje final depende de tus ingresos y de tu comunidad autónoma, que fija parte de la escala. Los tramos concretos del ejercicio los detallamos en la guía de la declaración de la renta.

El pago fraccionado: modelo 130 (o 131)

El pago fraccionado es el anticipo trimestral del IRPF que ingresa el propio autónomo. Qué modelo te toca depende de tu régimen de tributación:

RégimenModeloCuánto se adelanta
Estimación directa (normal o simplificada)13020% del rendimiento neto acumulado del año (2% del volumen de ingresos en actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras)
Estimación objetiva (módulos)1314%, 3% o 2% del rendimiento de módulos, según tengas más de un trabajador, uno o ninguno

La mayoría de autónomos está en estimación directa y usa el 130. Tienes el detalle completo —cálculo acumulado, casillas, minoración por bajos rendimientos (de 25 a 100 €) y la regla del 70%— en la guía del modelo 130 paso a paso.

Las retenciones en tus facturas (la otra vía del IRPF)

Si facturas a empresas o a otros autónomos, tus facturas de actividad profesional llevan una retención de IRPF que el cliente descuenta y le ingresa a Hacienda en tu nombre. Es IRPF tuyo, pagado por adelantado por quien te paga. Los tipos vigentes (AEAT, cuadro de retenciones):

Situación del profesionalRetención de IRPF
Régimen general15%
Nuevo profesional (año de inicio y los dos siguientes)7%

Por eso un autónomo que factura siempre con retención suele estar exonerado del 130: su IRPF ya se va adelantando factura a factura. En cambio, quien factura a particulares (sin retención) adelanta su IRPF con el modelo 130. Las dos vías —retención y pago fraccionado— hacen lo mismo: ir pagando el IRPF a cuenta de la renta anual.

La declaración de la renta (modelo 100)

Es el cierre anual del IRPF. En la declaración de la renta (modelo 100) se calcula el IRPF definitivo del año sobre tu rendimiento neto, se aplican mínimos y deducciones, y se descuenta todo lo adelantado (pagos fraccionados del 130/131 y retenciones soportadas). El resultado sale a ingresar o a devolver. Cuanto mejor controles tus gastos deducibles durante el año, menor será el rendimiento neto y, por tanto, el IRPF.

El IVA del autónomo

El IVA es el segundo gran impuesto, pero funciona de forma muy distinta al IRPF: no grava tu beneficio, sino el consumo, y tú solo eres el intermediario que lo recauda.

  • Cobras IVA a tus clientes en cada factura → IVA repercutido.
  • Pagas IVA en tus compras y gastos afectos → IVA soportado (deducible si tienes factura completa).
  • Cada trimestre ingresas la diferencia con el modelo 303.

Los tipos vigentes son 21% (general), 10% (reducido) y 4% (superreducido). Si en un trimestre el IVA soportado supera al repercutido, el resultado queda a compensar en periodos siguientes o, en la última declaración del año, a devolver.

Modelo de IVAQué esFrecuencia
303Autoliquidación: se ingresa, compensa o devuelve el IVATrimestral (mensual en REDEME/grandes empresas)
390Resumen anual informativo del IVA (no se paga)Anual (enero)

El detalle —tipos, recargo de equivalencia, casos sin actividad, prorrata y ejemplo de cálculo— está en la guía del IVA del autónomo y el modelo 303.

Las retenciones que practica el autónomo (111 y 115)

Hasta aquí, los impuestos que paga el autónomo por su actividad. Pero hay un segundo bloque de obligaciones en las que el autónomo actúa como retenedor: descuenta IRPF a terceros y lo ingresa por ellos. No es un impuesto propio, sino dinero de otro que tú canalizas hacia Hacienda.

Si tú…Practicas retención con el modeloResumen anual
Pagas nóminas o facturas de profesionales con retención111190
Pagas el alquiler de un local afecto a tu actividad115180
  • Modelo 111 — recoge las retenciones de IRPF de los rendimientos del trabajo (nóminas) y de actividades profesionales (las facturas de profesionales con retención que tú pagas). Ojo: aquí va solo la retención de IRPF, no las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores (esas se liquidan por el Sistema RED). Si pagas a un profesional que pone el 15% (o el 7%) en su factura, eres quien presenta el 111, aunque no tengas ningún empleado.
  • Modelo 115 — recoge la retención del alquiler de inmuebles urbanos (tu local, oficina o nave). El tipo de retención del arrendamiento es del 19%. La obligación es de quien paga el alquiler (el inquilino), no del propietario. No hay que retener si lo pagado a un mismo arrendador no supera 900 € anuales (IVA excluido), entre otros supuestos.

Cada modelo trimestral tiene su resumen anual informativo: el 190 recapitula los 111 del año y el 180, los 115. La suma de los trimestrales debe cuadrar con el resumen anual, o salta requerimiento.

Las declaraciones informativas (347 y 349)

Son declaraciones anuales que no implican pago: solo informan a Hacienda para que cruce datos. Solo se presentan si se superan sus umbrales.

  • Modelo 347 — operaciones con terceros. Relaciona a los clientes y proveedores con los que el conjunto de operaciones del año superó 3.005,06 € (IVA incluido), por cada persona o entidad. Se presenta en febrero. Quedan fuera las operaciones ya informadas en otros modelos (intracomunitarias, con retención…), para no duplicar.
  • Modelo 349 — operaciones intracomunitarias. Para quien compra o vende bienes o servicios a empresas de otros países de la UE. El caso más típico (y peor entendido) es el autónomo digital que paga publicidad o software (SaaS) a empresas de la UE: ya está realizando adquisiciones intracomunitarias de servicios y, si está en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios, alta por el modelo 036), debe presentar el 349 aunque no venda nada al extranjero.

Estimación directa o módulos: cómo cambia el cálculo

El método con el que calculas el rendimiento de tu actividad determina cómo pagas el IRPF (y, a menudo, el IVA):

Estimación directaEstimación objetiva (módulos)
Cómo se calcula el rendimientoIngresos reales − gastos deduciblesPor parámetros fijos (personal, superficie, etc.)
Pago fraccionado de IRPFModelo 130 (20%)Modelo 131 (4/3/2%)
IVARégimen general en el 303Suele ir por régimen simplificado dentro del 303
A quién encajaLa mayoría de autónomos y profesionalesDeterminadas actividades que cumplen los requisitos de módulos

La mayoría de autónomos tributa en estimación directa. Los módulos aplican solo a ciertas actividades y con límites concretos. Elegir bien el régimen al darte de alta es una de las decisiones con más impacto fiscal del primer año.

¿Y la cuota de autónomos? No es un impuesto

Este es el malentendido más extendido. La cuota mensual de autónomos (RETA) no es un impuesto: es una cotización a la Seguridad Social y no la gestiona Hacienda, sino la Tesorería General de la Seguridad Social. Da derecho a tu cobertura (baja, jubilación, sanidad).

Eso sí, tiene un efecto fiscal favorable: la cuota de autónomos es un gasto deducible de la actividad, así que reduce el rendimiento neto sobre el que se calcula el IRPF. Desde 2023 la cuota depende de tus rendimientos netos (sistema de cotización por ingresos reales). Lo explicamos en la guía de cuotas de autónomos y, si acabas de empezar, en la de la tarifa plana.

Calendario fiscal del autónomo en 2026

La mayoría de obligaciones del autónomo son trimestrales, con un cierre anual. Estos son los plazos generales de presentación (AEAT):

CuándoQué se presenta
1 – 20 de abril1T: IVA (303), IRPF (130/131), retenciones (111, 115)
1 – 20 de julio2T: 303, 130/131, 111, 115
1 – 20 de octubre3T: 303, 130/131, 111, 115
1 – 20 de enero4T de retenciones (111, 115)
1 – 30 de enero4T de IVA (303) e IRPF (130/131) + resúmenes anuales 390, 190, 180
FebreroModelo 347 (operaciones con terceros)
PrimaveraCampaña de la declaración de la renta (modelo 100)

Tabla resumen: todos los modelos del autónomo

Este es el mapa completo. No todos te aplican: depende de tu actividad, tu régimen y si tienes empleados o local.

Impuesto / obligaciónModeloFrecuenciaPlazo (2026)Quién lo presenta
IRPF — pago fraccionado (estimación directa)130Trimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 eneAutónomo en estimación directa no exonerado
IRPF — pago fraccionado (módulos)131Trimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 eneAutónomo en estimación objetiva
IRPF — declaración anual100 (Renta)AnualCampaña de Renta (primavera)Toda persona física obligada a declarar
IVA — autoliquidación303Trimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 eneQuien repercute IVA
IVA — resumen anual390AnualEneroSujetos pasivos de IVA (salvo exonerados)
Retenciones de trabajo y profesionales111Trimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 20 eneQuien paga nóminas o facturas con retención
Resumen anual del 111190AnualEneroIgual que el 111
Retenciones de alquiler de local115Trimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 20 eneQuien paga alquiler de inmueble urbano afecto
Resumen anual del 115180AnualEneroIgual que el 115
Operaciones con terceros347AnualFebreroMás de 3.005,06 € al año con un mismo tercero
Operaciones intracomunitarias349Mensual/trimestral20 del mes/trimestre siguienteQuien opera con la UE estando en el ROI
Alta, baja y cambios en el censo036No periódicaAntes de iniciar la actividad o al cambiar datosTodo autónomo (alta, modificación, baja y alta en el ROI)

Recuerda el matiz de la columna de plazos: el 4T del IVA (303) y del IRPF (130/131) vence el 30 de enero, pero el de las retenciones (111 y 115), el 20 de enero (más detalle en el calendario de arriba).

Para el alta y la baja en el censo (y el alta en el ROI) se usa el modelo 036 (la versión simplificada 037 quedó suprimida). Si vas a empezar, repasa los requisitos para ser autónomo y el alta paso a paso.

Autónomo o sociedad: IRPF frente a Impuesto sobre Sociedades

La diferencia fiscal de fondo entre ser autónomo o tener una sociedad está en el impuesto que grava el beneficio:

Autónomo (persona física)Sociedad (SL, SA)
Impuesto sobre el beneficioIRPF (progresivo)Impuesto sobre Sociedades
Pago fraccionadoModelo 130 / 131Modelo 202
Declaración anualRenta (modelo 100)Modelo 200
IVAModelo 303 / 390Modelo 303 / 390 (igual)

El IVA y las retenciones funcionan igual en ambos casos; lo que cambia es el impuesto sobre el beneficio. Si estás valorando dar el salto a sociedad, lo vemos en la página de asesoría para empresas y pymes y en qué es la razón social.

Cómo no perderte ningún modelo

La dificultad real del autónomo no es entender los impuestos —ya tienes el mapa—, sino no olvidar ningún vencimiento y calcular bien cada modelo trimestre a trimestre. Un trimestre sin presentar es recargo seguro; un IVA mal calculado, un susto. Dos cosas ayudan:

  1. Llevar la facturación y los gastos al día en un ERP. Si las facturas emitidas y recibidas están ordenadas y bien clasificadas, los modelos 303, 130 y 347 prácticamente se construyen solos y cuadran entre sí. Trabajamos con Holded, que centraliza facturación y contabilidad y nos da tus datos en tiempo real (lo explicamos en gestoría online con Holded).
  2. Que alguien vigile el calendario por ti y te avise del importe antes de cada vencimiento, no el día 20.

Resumen

  • Un autónomo persona física paga dos impuestos: IRPF (sobre su beneficio) e IVA (sobre el consumo, que recauda para Hacienda).
  • El IRPF se adelanta con el pago fraccionado (modelo 130 en estimación directa, 20%; 131 en módulos) y/o con las retenciones de sus facturas (15%, o 7% los tres primeros años), y se cierra en la declaración de la renta (modelo 100).
  • El IVA se liquida cada trimestre con el modelo 303 (tipos 21/10/4%) y se resume al año con el 390.
  • Si tiene empleados o paga profesionales/alquiler, actúa de retenedor: modelos 111 (resumen 190) y 115 al 19% (resumen 180).
  • Informativas anuales: 347 (operaciones > 3.005,06 € con un tercero) y 349 (intracomunitarias).
  • Plazos: trimestrales 20 de abril/julio/octubre; 4T de IVA e IRPF hasta el 30 de enero y 4T de retenciones hasta el 20 de enero; 347 en febrero; renta en primavera.
  • La cuota de autónomos no es un impuesto (es Seguridad Social), pero es deducible en el IRPF.
  • Una sociedad no paga IRPF, sino Impuesto sobre Sociedades (modelos 200 y 202).

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos paga un autónomo en España?

Un autónomo persona física paga, en esencia, dos impuestos: el IRPF (impuesto sobre su renta o beneficio) y el IVA (que cobra a sus clientes y liquida con Hacienda). El IRPF se adelanta cada trimestre con el pago fraccionado (modelo 130 en estimación directa o 131 en módulos) y/o mediante las retenciones de sus facturas, y se regulariza en la declaración anual de la renta (modelo 100). El IVA se liquida cada trimestre con el modelo 303 y se resume al año con el 390. No paga Impuesto sobre Sociedades: ese es de las empresas (SL, SA).

¿Cuánto paga de impuestos un autónomo?

No hay una cifra fija: depende de tu beneficio. El IRPF es progresivo y se calcula por tramos sobre el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles), de modo que a más beneficio, mayor tipo; el porcentaje final varía según tus ingresos y tu comunidad autónoma. El IVA no depende de tu beneficio: ingresas la diferencia entre el IVA que cobras (21%, 10% o 4%) y el que soportas en tus gastos afectos. Aparte está la cuota de autónomos, que es Seguridad Social, no un impuesto.

¿Un autónomo paga IVA e IRPF a la vez?

Sí. Son dos impuestos independientes que conviven: el IRPF grava tu beneficio y el IVA grava el consumo (lo recaudas de tus clientes para Hacienda). Se presentan en el mismo plazo trimestral —el modelo 303 de IVA y el 130 de IRPF—, pero se calculan por separado y no se compensan entre sí.

¿La cuota de autónomos es un impuesto?

No. La cuota mensual del RETA es una cotización a la Seguridad Social, no un impuesto: no la gestiona Hacienda sino la Tesorería General de la Seguridad Social. Eso sí, es un gasto fiscalmente deducible de la actividad, así que reduce el rendimiento neto sobre el que se calcula el IRPF.

¿Cuántos modelos tiene que presentar un autónomo?

Depende de su actividad. Un autónomo en estimación directa que factura con IVA suele presentar cada trimestre el modelo 303 (IVA) y, si no está exonerado, el 130 (IRPF), más la declaración de la renta anual. Si tiene trabajadores o paga facturas de profesionales con retención, suma el 111 (y su resumen anual 190); si alquila un local, el 115 (y el 180). A esto se añaden las informativas anuales 347 y 349 cuando procede.

¿Qué impuestos paga un autónomo que solo factura a empresas?

Sigue pagando IRPF e IVA, pero el IRPF lo adelanta de otra forma: sus facturas a empresas o a otros autónomos llevan retención de IRPF (15% en general, 7% los tres primeros años de actividad), de modo que el pagador ya ingresa ese IRPF por él. Si al menos el 70% de sus ingresos del año anterior tuvieron retención, queda exonerado de presentar el modelo 130.

¿Cuándo paga sus impuestos un autónomo en 2026?

Los modelos trimestrales (303 de IVA y 130/131 de IRPF) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre del 1 al 30 de enero. Las retenciones (111 y 115) también son trimestrales, pero su cuarto trimestre vence el 20 de enero. Los resúmenes anuales 390, 190 y 180 se presentan en enero; el modelo 347, en febrero; y la declaración de la renta, en la campaña anual de primavera.

¿Qué pasa si un autónomo no presenta un modelo a tiempo?

Si lo presenta él antes de que Hacienda se lo reclame, se aplica un recargo por extemporaneidad del artículo 27 de la Ley General Tributaria: 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, y a partir de 12 meses, 15% más intereses de demora (con una reducción del 25% del recargo si se paga en plazo). Si lo detecta Hacienda primero, además hay sanción. Por eso conviene presentar incluso las declaraciones a cero o negativas.

¿Un autónomo en módulos paga los mismos impuestos?

Sí, los mismos impuestos (IRPF e IVA), pero los calcula de otra forma. El pago fraccionado del IRPF lo hace con el modelo 131 (un porcentaje fijo sobre el rendimiento de módulos: 4%, 3% o 2% según tenga personal) en lugar del 130, y el IVA suele liquidarlo por el régimen simplificado dentro del propio modelo 303. La estructura de impuestos es la misma; cambia el método de cálculo.

¿Tengo que presentar las declaraciones aunque no haya facturado?

En general sí, mientras estés de alta en el censo. El modelo 303 se presenta marcando 'sin actividad' y el 130 se presenta como declaración negativa aunque salga cero. No presentarlas 'porque no he facturado' es uno de los errores más sancionados. Las informativas (347, 349) son la excepción: solo se presentan si se superan sus umbrales.

¿Qué impuestos paga un autónomo con trabajadores?

Los suyos propios (IRPF e IVA) más las obligaciones como retenedor: cada trimestre ingresa con el modelo 111 las retenciones de IRPF practicadas en las nóminas y a los profesionales que le facturan con retención, y presenta el resumen anual 190. Atención: las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores no van en el 111 (se liquidan por el Sistema RED), solo la retención de IRPF.

¿Es obligatorio tener gestoría para llevar los impuestos de autónomo?

No, la ley no obliga: puedes presentar tú mismo tus modelos en la sede de la Agencia Tributaria. La mayoría de autónomos delega porque el calendario es exigente y un error u olvido (no presentar un trimestre, calcular mal el IVA o el IRPF) acarrea recargos y sanciones. Lo que sí es obligatorio es cumplir con Hacienda en plazo y forma.

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