Epígrafe IAE 423.9 — Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 423.9 (Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 10.52 (Fabricación de helados y otros hielos comestibles), 10.85 (Elaboración de platos y comidas preparados), 10.89 (Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 10.52 | Fabricación de helados y otros hielos comestibles |
| 10.85 | Elaboración de platos y comidas preparados |
| 10.89 | Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p. |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF — puede ir en módulos: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.»
- IVA: «Si exclusivamente se dedica a la elaboración de patatas fritas, palomitas de maíz y similares tributa por el R égimen simplificado de IVA , salvo renuncia o exclusión.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 131 (pago fraccionado en módulos) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Tueste o fritura de frutos secos. Preparación de platos precocinados preparados (no conservados) no comidas cocinadas.
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota de:
Por cada obrero: 1.274 pesetas. (7,656894 euros)
Por cada Kw: 1.594 pesetas. (9,580133 euros)
Nota: Este epígrafe comprende la elaboración de productos alimenticios no especificados en otros epígrafes, tales como fabricación de levaduras de panificación; recogida de hielo natural; desecación y separación de la clara y yema del huevo; preparación de huevo en polvo; fabricación de helados y sorbetes que no contengan leche; preparación de platos precocinados preparados (no conservados); elaboración de patatas fritas, palomitas de maíz y similares; preparación de productos en polvo para flanes, helados, dulces de cocina, etc.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 423.9?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 423.9 (Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 10.52 (Fabricación de helados y otros hielos comestibles), 10.85 (Elaboración de platos y comidas preparados), 10.89 (Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.).
¿Qué es el epígrafe 423.9 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 423.9 puede tributar en módulos?
Sí. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.» Conviene comparar módulos con estimación directa antes del alta, porque el resultado cambia según tu caso.