Epígrafe IAE 644.1 — Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 644.1 (Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos) se corresponde con las clases CNAE-2025 47.24 (Comercio al por menor de pan, productos de panadería y confitería), 47.27 (Comercio al por menor de otros productos alimenticios).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 47.24 | Comercio al por menor de pan, productos de panadería y confitería |
| 47.27 | Comercio al por menor de otros productos alimenticios |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF — puede ir en módulos: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.»
- IVA: «Su actividad económica tributa en Régimen especial del Recargo de equivalencia de IVA régimen obligatorio y compatible con el resto de regímenes del impuesto.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 131 (pago fraccionado en módulos) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 308 · modelo 309 · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
También se conoce como
Panadería. Pastelería.
Sinónimos publicados por la AEAT en su buscador de actividades.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Reparto a domicilio de los productos comercializados mediante una furgoneta. Fabricación de pan y venta en locales separados. Degustación de los productos que venda en el propio establecimiento o local de venta acompañados de bebidas alcohólicas. Venta de jalea real. Venta de pan con sala de degustación. Venta de vasos predosificados, con ingredientes incorporados, para la obtención de sopas, infu
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota mínima municipal de:
– En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 36.225 pesetas. (217,72 euros)
– En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 30.015 pesetas. (180,39 euros)
– En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 22.770 pesetas. (136,85 euros)
– En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 17.595 pesetas. (105,75 euros)
– En las poblaciones restantes: 13.455 pesetas. (80,87 euros)
Nota: Este epígrafe faculta para:
El comercio al por menor de todo tipo de pan y panes especiales; de productos de pastelería, confitería, bollería y repostería; de obleas y barquillos, caramelos, dulces, turrones, hojaldres, pastas, conservas en dulce, galletas, cacao y chocolate y sus derivados y sucedáneos; de leche, productos lácteos y miel; helados, fiambres, conservas de todas clases; salsas de carnes o pescados, frutas en almíbar, en mermelada o en pasta; infusiones, café y solubles; bebidas embotelladas y con marca; quesos, embutidos y emparedados.
La fabricación de pan de todas clases y productos de pastelería, bollería, confitería y helados, en el propio establecimiento, siempre que su comercialización se realice en las propias dependencias de venta.
Degustar los productos en el propio establecimiento acompañados de bebidas refrescantes y solubles.
Comercializar los artículos en envases de bisutería fina, porcelana o fantasía, así como en otro tipo de envases tales como muñecos de plástico o trapo.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 644.1?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 644.1 (Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos) se corresponde con las clases CNAE-2025 47.24 (Comercio al por menor de pan, productos de panadería y confitería), 47.27 (Comercio al por menor de otros productos alimenticios).
¿Qué es el epígrafe 644.1 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 644.1 puede tributar en módulos?
Sí. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.» Conviene comparar módulos con estimación directa antes del alta, porque el resultado cambia según tu caso.