Epígrafe IAE 653.2 — Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 653.2 (Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina) se corresponde con las clases CNAE-2025 47.52 (Comercio al por menor de ferretería, materiales de construcción, pinturas y vidrio), 47.54 (Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos), 47.55 (Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, vajilla y otros artículos de uso doméstico).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 47.52 | Comercio al por menor de ferretería, materiales de construcción, pinturas y vidrio |
| 47.54 | Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos |
| 47.55 | Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, vajilla y otros artículos de uso doméstico |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF — puede ir en módulos: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.»
- IVA: «Su actividad económica tributa en Régimen especial del Recargo de equivalencia de IVA régimen obligatorio y compatible con el resto de regímenes del impuesto.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 131 (pago fraccionado en módulos) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 308 · modelo 309 · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Venta de muebles de cocina, accesorios y complementos. Mantenimiento, instalación y venta de sistemas de protección contra incendios y recargas de extintores que el comercializa. Aparatos electrónicos. Comercialización a través de internet de material eléctrico y electrónico. Venta de maquinaria de transmisión, reproducción y almacenamiento de imagen y sonido. Venta de aparatos de aire acondiciona
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota mínima municipal de:
– En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 72.450 pesetas. (435,43 euros)
– En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 63.135 pesetas. (379,45 euros)
– En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 51.750 pesetas. (311,02 euros)
– En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 35.190 pesetas. (211,50 euros)
– En las poblaciones restantes: 18.630 pesetas. (111,97 euros)
Notas:
1.ª Este epígrafe faculta para la instalación y reparación de los aparatos clasificados en el mismo.
2.ª Cuando el comercio al por menor al que se refiere este epígrafe se circunscriba exclusivamente a objetos de todas clases para instalaciones eléctricas tales como flexibles, llaves, cajetines, conductores aislados, cinta aislante, tubo Bergman y otros análogos, tubos metálicos, lámparas de incandescencia, fluorescencia y neón, así como lámparas y arañas que no contengan bronce u otros metales cincelados, la cuota será el 40 por 100 de la asignada a este epígrafe.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 653.2?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 653.2 (Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina) se corresponde con las clases CNAE-2025 47.52 (Comercio al por menor de ferretería, materiales de construcción, pinturas y vidrio), 47.54 (Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos), 47.55 (Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, vajilla y otros artículos de uso doméstico).
¿Qué es el epígrafe 653.2 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 653.2 puede tributar en módulos?
Sí. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.» Conviene comparar módulos con estimación directa antes del alta, porque el resultado cambia según tu caso.