IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 933.1 — Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 933.1 (Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc) se corresponde con la clase CNAE-2025 85.53 (Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
85.53 Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF — puede ir en módulos: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.»
  • IVA: «Su actividad económica puede tributar por el Régimen simplificado de IVA , salvo renuncia o exclusión.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 131 (pago fraccionado en módulos) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Enseñanza de navegación de recreo. Impartición de clases sobre el manejo de aviones tele dirigidos y drones. Enseñanza para la navegación marítima.

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de: 32.292 pesetas. (194,08 euros)

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 933.1?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 933.1 (Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc) se corresponde con la clase CNAE-2025 85.53 (Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje).

¿Qué es el epígrafe 933.1 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 933.1 puede tributar en módulos?

Sí. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad tributa en régimen de estimación objetiva de IRPF salvo renuncia o exclusión. A su vez, este régimen ha de aplicarse conjuntamente con el régimen simplificado o el de la agricultura, ganadería y pesca del IVA según proceda.» Conviene comparar módulos con estimación directa antes del alta, porque el resultado cambia según tu caso.

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