Grupo IAE 722 — Gestores administrativos
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 722 (Gestores administrativos) se corresponde con la clase CNAE-2025 69.20 (Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 69.20 | Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo funciona esta actividad en la práctica
Nuestro propio grupo: los gestores administrativos colegiados, profesionales de la sección 2.ª. Ojo con la numeración del IAE: el código 722 también existe en la sección 1.ª, donde es el transporte de mercancías por carretera — al consignarlo en el 036 la sección lo es todo.
Fuente: RDLeg 1175/1990, Sección 2.ª grupo 722 y Sección 1.ª grupo 722
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Cuál elegir (criterio con fuente)
Como empresa/actividad organizada, los servicios financieros y contables son el grupo 842 de la sección 1.ª; la persona física titulada que ejerce por cuenta propia va a la sección 2.ª según su profesión (gestores administrativos: grupo 722; economistas: grupo 741). Ojo: el 722 existe en las dos secciones (transporte de mercancías en la 1.ª y gestores administrativos en la 2.ª). Depende del caso: confírmalo antes del alta.
Fuente: RDLeg 1175/1990: Sección 1.ª grupo 842; Sección 2.ª grupos 722 y 741 (denominaciones oficiales en este dataset)
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Realización de solicitudes de notas simples en los Registros de la Propiedad Inmobiliaria. Tramitación de atestados de accidentes
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota de: 39.848 pesetas. (239,49 euros)
Nota: Los gestores administrativos podrán gestionar expedientes de clases pasivas, siempre que estén autorizados para ello.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Ojo: el código 722 existe en más secciones
- En la sección 1.ª (actividades empresariales) es «Transporte de mercancías por carretera».
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 722?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 722 (Gestores administrativos) se corresponde con la clase CNAE-2025 69.20 (Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal).
¿Qué es el grupo 722 del IAE?
Es un código de la sección 2.ª (actividades profesionales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Gestores administrativos.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 722 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
¿Mis facturas llevan retención de IRPF en este epígrafe?
Sí: es una actividad profesional (sección 2.ª), así que tus facturas a empresas y profesionales españoles llevan retención de IRPF — el 15 % general, o el 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes (art. 101.5.a LIRPF). A particulares no se aplica retención.
¿Por qué el código 722 aparece más de una vez en el IAE?
Las tarifas del IAE repiten numeración entre secciones. Además de este, el 722 existe en la sección 1.ª (actividades empresariales) como «Transporte de mercancías por carretera.». Comprueba siempre la sección.