Grupo IAE 869 — Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 869 (Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera) se corresponde con la clase CNAE-2025 90.13 (Otras actividades de creación artística).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 90.13 | Otras actividades de creación artística |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo funciona esta actividad en la práctica
Es el grupo donde el criterio reciente de la DGT encuadra al creador de contenido o influencer cuya actividad principal es la publicidad y promoción de marcas (consultas V2390-24 y V2428-25, esta última sobre comisiones de afiliación de TikTok Shop). Al ser sección 2.ª, las facturas a pagadores españoles llevan retención de IRPF (15 %, o 7 % al inicio). Si la plataforma te paga desde otro país de la UE, la operación es intracomunitaria: ROI + modelo 349 y factura sin IVA español.
Fuente: DGT V2390-24 (21/11/2024) · DGT V2428-25 (11/12/2025)
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Cuál elegir (criterio con fuente)
Depende de tu actividad real: si lo que prima es la publicidad/promoción de marcas, el criterio reciente de la DGT es el grupo 869 de la sección 2.ª (profesional); si es producción de vídeo, el 961.1 (y para foto, el 973.1) de la sección 1.ª (empresarial). La diferencia importa: la sección 2.ª conlleva retención de IRPF en facturas a pagadores españoles; la 1.ª, no.
Fuente: DGT V2390-24 (21/11/2024) · DGT V2428-25 (11/12/2025) · DGT V0773-22 (11/04/2022)
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota de: 115 euros.
Se deja sin efecto la modificación del grupo 861 por Resolución de 22 de enero de 2025, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1136
Se modifica el grupo 861, con efectos de 1 de enero de 2025, por el art. 12 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26915
Se modifica por el art. 70.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#a7-2
Se añade el grupo 863 por el art. 62 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta Ley. Ref. BOE-A-2021-21653#a6-4
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 869?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 869 (Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera) se corresponde con la clase CNAE-2025 90.13 (Otras actividades de creación artística).
¿Qué es el grupo 869 del IAE?
Es un código de la sección 2.ª (actividades profesionales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 869 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
¿Mis facturas llevan retención de IRPF en este epígrafe?
Sí: es una actividad profesional (sección 2.ª), así que tus facturas a empresas y profesionales españoles llevan retención de IRPF — el 15 % general, o el 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes (art. 101.5.a LIRPF). A particulares no se aplica retención.