IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Grupo IAE 153 — Producción y distribución de vapor y agua caliente

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 153 (Producción y distribución de vapor y agua caliente) se corresponde con la clase CNAE-2025 35.30 (Suministro de vapor y aire acondicionado).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
35.30 Suministro de vapor y aire acondicionado

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de:

Por cada obrero: 1.563 pesetas. (9,393819 euros)

Por cada Kw: 942 pesetas. (5,661534 euros)

Nota: Este grupo comprende la instalación de redes de distribución de vapor y agua caliente.

Se modifica por el art. 67.1 a 4 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#a6-9

Se modifica el Grupo 151 por la disposición adicional 3 de la Ley 9/1996, de 15 de enero. Ref. BOE-A-1996-1074.

Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.

Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 153?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 153 (Producción y distribución de vapor y agua caliente) se corresponde con la clase CNAE-2025 35.30 (Suministro de vapor y aire acondicionado).

¿Qué es el grupo 153 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Producción y distribución de vapor y agua caliente.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 153 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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