IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Grupo IAE 330 — Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación)

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 330 (Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación)) se corresponde con las clases CNAE-2025 26.20 (Fabricación de ordenadores y equipos periféricos), 28.23 (Fabricación de máquinas y equipos de oficina, excepto equipos informáticos), 33.20 (Instalación de máquinas y equipos industriales).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
26.20 Fabricación de ordenadores y equipos periféricos
28.23 Fabricación de máquinas y equipos de oficina, excepto equipos informáticos
33.20 Instalación de máquinas y equipos industriales

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Fabricación de accesorios mecánicos. Instalación de ordenadores y equipos informáticos y autómatas. Instalación de máquinas de oficina. Instalación de maquinaria electrónica. Puesta en marcha de los equipos informáticos.

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de:

Por cada obrero: 1.139 pesetas. (6,845528 euros)

Por cada Kw: 880 pesetas. (5,288907 euros)

Nota: Este grupo comprende la construcción de máquinas de escribir, estenotipia y similares; calculadoras, sumadoras, máquinas contables, cajas registradoras y similares; copiadoras y reproductoras de documentos (excepto fotocopiadoras); perforadoras, verificadoras y clasificadoras de fichas; equipos para el proceso electrónico de datos, incluidas su instalación, así como la fabricación de equipo, piezas y accesorios para estas máquinas.

A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 330?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 330 (Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación)) se corresponde con las clases CNAE-2025 26.20 (Fabricación de ordenadores y equipos periféricos), 28.23 (Fabricación de máquinas y equipos de oficina, excepto equipos informáticos), 33.20 (Instalación de máquinas y equipos industriales).

¿Qué es el grupo 330 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación).». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 330 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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