Grupo IAE 371 — Construcción naval
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 371 (Construcción naval) se corresponde con las clases CNAE-2025 25.99 (Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.), 28.11 (Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores), 30.11 (Construcción de buques civiles y estructuras flotantes), 30.12 (Construcción de embarcaciones de recreo y deporte), 30.13 (Construcción de embarcaciones y buques militares).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 25.99 | Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p. |
| 28.11 | Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores |
| 30.11 | Construcción de buques civiles y estructuras flotantes |
| 30.12 | Construcción de embarcaciones de recreo y deporte |
| 30.13 | Construcción de embarcaciones y buques militares |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
También se conoce como
Trasatlánticos, buques mercantes , de guerra, pesqueros, paquebotes, barcos cisternas, barcos frigoríficos, remolcadores, barcos oceanográficos, de vela, barcos faro, barcos bomba, barcos dragadores, embarcaciones deportivas y de placer, etc. Boyas, depósitos flotantes, diques flotantes, balsas.
Sinónimos publicados por la AEAT en su buscador de actividades.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Trabajos de electricidad y sistemas eléctricos en embarcaciones. Equipo para evitar la corrosión de las embarcaciones. Instalaciones de frío y calor y trabajos de fontanería especiales que se realizan únicamente y exclusivamente en embarcaciones y buques. Trabajos en madera únicamente en embarcaciones tales como colocación de muebles, parqué, etc.realizados con carácter de exclusividad y especiali
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota de:
Por cada obrero: 642 pesetas. (3,858498 euros)
Por cada Kw: 321 pesetas. (1,929249 euros)
Nota: Este grupo comprende la construcción de trasatlánticos, buques mercantes, de guerra, pesqueros, paquebotes, barcos cisterna, barcos frigoríficos, remolcadores, barcos oceanográficos, barcos de vela, barcos faro, barcos bomba, barcos dragadores, embarcaciones deportivas y de placer, etc.; así como la construcción de motores y turbinas de todas clases para embarcaciones y de otro equipo, maquinaria y accesorios específicos para embarcaciones. Comprende las embarcaciones con casco de acero, madera, aluminio y otros materiales.
Se incluye también en este grupo la construcción de artefactos flotantes, tales como boyas, depósitos flotantes, diques flotantes, balsas de cualquier tipo, etc.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 371?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 371 (Construcción naval) se corresponde con las clases CNAE-2025 25.99 (Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.), 28.11 (Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores), 30.11 (Construcción de buques civiles y estructuras flotantes), 30.12 (Construcción de embarcaciones de recreo y deporte), 30.13 (Construcción de embarcaciones y buques militares).
¿Qué es el grupo 371 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Construcción naval.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 371 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»