IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 439.3 — Fabricación de textiles con fibras de recuperación

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 439.3 (Fabricación de textiles con fibras de recuperación) se corresponde con las clases CNAE-2025 13.10 (Preparación e hilado de fibras textiles), 13.20 (Fabricación de tejidos textiles), 13.96 (Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial), 13.99 (Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
13.10 Preparación e hilado de fibras textiles
13.20 Fabricación de tejidos textiles
13.96 Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial
13.99 Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de:

Por cada obrero: 249 pesetas. (1,496520 euros)

Por cada Kw: 290 pesetas. (1,742935 euros)

Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de textiles con fibras de recuperación (regenerados y desperdicios) y abarca la preparación de fibras, fabricación de hilados y de tejidos de dichas fibras de recuperación.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 439.3?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 439.3 (Fabricación de textiles con fibras de recuperación) se corresponde con las clases CNAE-2025 13.10 (Preparación e hilado de fibras textiles), 13.20 (Fabricación de tejidos textiles), 13.96 (Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial), 13.99 (Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.).

¿Qué es el epígrafe 439.3 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Fabricación de textiles con fibras de recuperación.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 439.3 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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