IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 439.9 — Otras industrias textiles n.c.o.p

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 439.9 (Otras industrias textiles n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 13.20 (Fabricación de tejidos textiles), 13.96 (Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial), 13.99 (Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
13.20 Fabricación de tejidos textiles
13.96 Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial
13.99 Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

También se conoce como

Guata, borra, miraguano, crin.

Sinónimos publicados por la AEAT en su buscador de actividades.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Fabricación de tejidos industriales.

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de:

Por cada obrero: 1.015 pesetas. (6,100273 euros)

Por cada Kw: 1.015 pesetas. (6,100273 euros)

Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de otros artículos textiles, tales como textiles elásticos, guata, borra, miraguano, crin, entretelas y otras materias para relleno de tapicería y otros usos, etc.

Nota común a la Agrupación 43. Cuando los sujetos pasivos realicen las actividades comprendidas en esta Agrupación, exclusivamente, para terceros y por encargo, con un número de obreros inferior a 10, la cuota será el 25 por 100 de la asignada a la rúbrica correspondiente; si el número de obreros fuera superior a 9 e inferior a 25, la cuota será el 50 por 100 de la asignada a la rúbrica correspondiente.

Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.

Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.

Se suprime la nota común al Grupo 435 y el párrafo segundo de la nota al Grupo 436 y se añade la nota común a la Agrupación 43 por el art. 75.1.5 y 6 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1992-28826.

Téngase en cuenta para su aplicación el art. 75.3.

Se añade la nota común al Grupo 435 por el art. 78.1.3 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1991-30903.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 439.9?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 439.9 (Otras industrias textiles n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 13.20 (Fabricación de tejidos textiles), 13.96 (Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial), 13.99 (Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.).

¿Qué es el epígrafe 439.9 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Otras industrias textiles n.c.o.p.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 439.9 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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