Epígrafe IAE 476.9 — Otras ediciones n.c.o.p
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 476.9 (Otras ediciones n.c.o.p) se corresponde con la clase CNAE-2025 58.19 (Otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 58.19 | Otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
Comercio al por mayor y menor, venta de material filatélico y coleccionables filatélicos editados. Diseño y realización de proyectos técnicos gráficos decorativos con ejecución de los mismos. Edición de tarjetas postales, imágenes, grabados, folletos. La edición musical impresa o manuscrita.
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota de: 32.913 pesetas. (197,81 euros)
Nota: Este epígrafe comprende las ediciones no especificadas en otros epígrafes, tales como edición de imágenes, grabados, tarjetas postales, etc.; edición de folletos; edición musical impresa o manuscrita y otras ediciones (sellos de correos, calendarios, almanaques, etc.).
Se modifican las notas a los grupos 471 y 472 por el art. 62.1.5 y 6 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24964.
Téngase en cuenta para su aplicación el art. 62.2.
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 476.9?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 476.9 (Otras ediciones n.c.o.p) se corresponde con la clase CNAE-2025 58.19 (Otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos).
¿Qué es el epígrafe 476.9 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Otras ediciones n.c.o.p.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 476.9 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»