IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 491.1 — Joyería

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 491.1 (Joyería) se corresponde con las clases CNAE-2025 32.11 (Fabricación de monedas), 32.12 (Fabricación de artículos de joyería y artículos similares).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
32.11 Fabricación de monedas
32.12 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad económica tributa en Régimen General de IVA. Si realiza operaciones con oro de inversión y/o presta servicios de mediación en nombre y por cuenta ajena en dichas operaciones, tributa por el Régimen especial del oro de inversión de IVA , régimen obligatorio, sin perjuicio de la posibilidad de renuncia por c»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

También se conoce como

Piedras preciosas, perlas, orfebrería, metales preciosos.

Sinónimos publicados por la AEAT en su buscador de actividades.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Faculta para tener bancos de trabajo en los que se lleven a cabo las faenas industriales de trabajo de metales empleados en la joyería, en la medida en que dichas faenas industriales formen parte del proceso de fabricación de las joyas.

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de:

Por cada obrero: 4.244 pesetas. (25,506954 euros)

Por cada Kw: 4.554 pesetas. (27,370091 euros)

Nota: Este epígrafe comprende el trabajo de piedras preciosas, semipreciosas y perlas (corte, tallado, pulido, etc.); acuñación de monedas; fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones de metales preciosos, plata de ley o metales comunes chapados, así como la fabricación de piezas y accesorios de joyería.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 491.1?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 491.1 (Joyería) se corresponde con las clases CNAE-2025 32.11 (Fabricación de monedas), 32.12 (Fabricación de artículos de joyería y artículos similares).

¿Qué es el epígrafe 491.1 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Joyería.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 491.1 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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