Grupo IAE 508 — Agrupaciones y uniones temporales de empresas
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 508 (Agrupaciones y uniones temporales de empresas) se corresponde con la clase CNAE-2025 42.99 (Construcción de otros proyectos de ingeniería civil n.c.o.p.).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 42.99 | Construcción de otros proyectos de ingeniería civil n.c.o.p. |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Casos que la DGT ha tratado en esta actividad
UTE construcción aparcamiento subterraneo.
Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Nota: Las agrupaciones y uniones temporales de empresas se darán de alta en la matrícula del impuesto por este grupo, sin pago de cuota alguna. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la agrupación o unión de que se trate.
Se modifica el epígrafe 505.6 y se añade el 505.7 por el art. 61.1.11 y 12 de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29116.
Téngase en cuenta para su aplicación el art. 61.2.
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Se modifica la denominación del epígrafe 505.5 y se añade el 505.6 por el art. 72.1.14 y 15 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1993-31087.
Se modifica por el art. 75.1.8 a 11 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1992-28826.
Téngase en cuenta para su aplicación el art. 75.3.
Se modifica el epígrafe 503.4 por el art. 78.1.4 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1991-30903.
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 508?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 508 (Agrupaciones y uniones temporales de empresas) se corresponde con la clase CNAE-2025 42.99 (Construcción de otros proyectos de ingeniería civil n.c.o.p.).
¿Qué es el grupo 508 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Agrupaciones y uniones temporales de empresas.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 508 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»