IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 612.9 — Comercio al por mayor de otros productos alimenticios, helados de todas clases, etc

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 612.9 (Comercio al por mayor de otros productos alimenticios, helados de todas clases, etc) se corresponde con las clases CNAE-2025 46.32 (Comercio al por mayor de carne, productos cárnicos; pescado y productos del pescado), 46.33 (Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles), 46.36 (Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería), 46.37 (Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias), 46.38 (Comercio al por mayor de otros alimentos), 46.39 (Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
46.32 Comercio al por mayor de carne, productos cárnicos; pescado y productos del pescado
46.33 Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles
46.36 Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería
46.37 Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias
46.38 Comercio al por mayor de otros alimentos
46.39 Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Comercio de foie-gras, de harinas y pasteles. Harinas panificables.

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de: 49.266 pesetas. (296,09 euros)

Nota: Este epígrafe comprende el comercio al por mayor de productos alimenticios no especificados en los epígrafes anteriores del grupo «Comercio al por mayor de materias primas agrarias, productos alimenticios, bebidas y tabaco» (612), tales como arroz, harina, legumbres secas, azúcar, conservas, productos de confitería, frutos secos, encurtidos, café, té, cacao, especias, helados de todas clases, etc.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 612.9?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 612.9 (Comercio al por mayor de otros productos alimenticios, helados de todas clases, etc) se corresponde con las clases CNAE-2025 46.32 (Comercio al por mayor de carne, productos cárnicos; pescado y productos del pescado), 46.33 (Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles), 46.36 (Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería), 46.37 (Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias), 46.38 (Comercio al por mayor de otros alimentos), 46.39 (Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco).

¿Qué es el epígrafe 612.9 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Comercio al por mayor de otros productos alimenticios, helados de todas clases, etc.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 612.9 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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