IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 659.1 — Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 659.1 (Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados) se corresponde con la clase CNAE-2025 47.69 (Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos n.c.o.p.).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
47.69 Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos n.c.o.p.

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad económica tributa en Régimen General de IVA. Si realiza la venta de alguno de los siguientes bienes : Sellos, efectos timbrados, billetes y monedas de interés filatélico o numismático. Discos, cintas magnéticas y otros soportes sonoros o de imagen. Libros, revistas y otras publicaciones.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Venta de cuadros o pinturas que tengan la consideración de obras originales de arte. Venta de obras gráfica originales, láminas, litografías, grabados. Venta de imágenes y cuadros religiosos que constituyan obra original de arte. Venta de pinturas y objetos de arte y de colección. Venta de cuadros pintados al óleo, acuarelas. Compraventa de cromos (tanto nuevos como antiguos) así como de antigüeda

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota mínima municipal de:

En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 32.000 pesetas. (192,32 euros)

En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 25.000 pesetas. (150,25 euros)

En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 19.000 pesetas. (114,19 euros)

En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 15.000 pesetas. (90,15 euros)

En las poblaciones restantes: 11.000 pesetas. (66,11 euros)

Nota: Este epígrafe faculta para el comercio al por mayor de los artículos clasificados en el mismo, excepto obras de arte y antigüedades.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 659.1?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 659.1 (Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados) se corresponde con la clase CNAE-2025 47.69 (Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos n.c.o.p.).

¿Qué es el epígrafe 659.1 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 659.1 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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