Epígrafe IAE 733.1 — Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores, de viajeros
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 733.1 (Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores, de viajeros) se corresponde con las clases CNAE-2025 50.10 (Transporte marítimo de pasajeros), 50.30 (Transporte de pasajeros por vías navegables interiores).
Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)
| CNAE-2025 | Título oficial (INE) |
|---|---|
| 50.10 | Transporte marítimo de pasajeros |
| 50.30 | Transporte de pasajeros por vías navegables interiores |
La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.
Cómo tributa según la AEAT
- IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
- IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»
Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).
Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.
Texto oficial de las tarifas (BOE)
Cuota:
Cuota mínima municipal de:
Por cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos: 145 pesetas. (0,871468 euro)
Cuota provincial de:
Por cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos: 414 pesetas. (2,488190 euros)
Cuota nacional de:
Por cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos: 539 pesetas. (3,239455 euros)
Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 733.1?
Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 733.1 (Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores, de viajeros) se corresponde con las clases CNAE-2025 50.10 (Transporte marítimo de pasajeros), 50.30 (Transporte de pasajeros por vías navegables interiores).
¿Qué es el epígrafe 733.1 del IAE?
Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Transporte de cabotaje y por vías navegables interiores, de viajeros.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.
¿El epígrafe 733.1 puede tributar en módulos?
No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»