IAE · sección 1.ª (actividades empresariales)

Epígrafe IAE 855.9 — Alquiler de otros medios de transporte n.c.o.p

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 855.9 (Alquiler de otros medios de transporte n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 77.12 (Alquiler de camiones), 77.39 (Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
77.12 Alquiler de camiones
77.39 Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

Casos que la DGT ha tratado en esta actividad

Alquiler de oficina movil. Alquiler grúas móviles autopropulsadas con personal permanente. Arrendamiento y subarrendamiento de remolques y semirremolques

Temas de consultas tributarias asociados por la AEAT a este código. Si tu caso se parece, existe criterio administrativo: pregúntanos.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Por cada medio de transporte:

Cuota mínima municipal de: 4.140 pesetas. (24,881901 euros)

Cuota provincial de: 10.350 pesetas. (62,204753 euros)

Cuota nacional de: 15.525 pesetas. (93,307129 euros)

Nota común a los Grupos 851, 852 y 855: Cuando el alquiler de los bienes muebles clasificados en dichos Grupos se efectúe con personal permanente las cuotas contenidas en los mismos se incrementarán en un 50 por 100.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe IAE 855.9?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 855.9 (Alquiler de otros medios de transporte n.c.o.p) se corresponde con las clases CNAE-2025 77.12 (Alquiler de camiones), 77.39 (Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.).

¿Qué es el epígrafe 855.9 del IAE?

Es un código de la sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Alquiler de otros medios de transporte n.c.o.p.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 855.9 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

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