IAE · sección 2.ª (actividades profesionales)

Grupo IAE 863 — Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 863 (Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación) se corresponde con las clases CNAE-2025 59.15 (Actividades de producción cinematográfica y de vídeo), 90.11 (Actividades de creación literaria y composición musical).

Correspondencia CNAE-2025 (AEAT, orientativa)

CNAE-2025Título oficial (INE)
59.15 Actividades de producción cinematográfica y de vídeo
90.11 Actividades de creación literaria y composición musical

La equivalencia IAE↔CNAE la publica la AEAT a título orientativo (buscador oficial de actividades; art. 7.d del RD 10/2025). No es una asignación normativa: depende de tu actividad real.

Cómo tributa según la AEAT

  • IRPF: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»
  • IVA: «Su actividad tributa en Régimen General de IVA . Más información: Régimen general Si tributa en Régimen General podrá optar por el Régimen especial del criterio de caja para las operaciones a las que resulte de aplicación.»

Modelos habituales según la AEAT: modelo 100 (Renta anual) · modelo 102 · modelo 130 (pago fraccionado IRPF (calculadora)) · modelo 303 (autoliquidación de IVA) · modelo 390 (resumen anual de IVA) . A esto se suman, según tu caso, las retenciones (modelos 111/115 si tienes empleados o local alquilado) y los censales (036).

Texto literal de la información censal de la AEAT para este código (buscador oficial de actividades, volcado 2026-06-10); perspectiva de persona física. La aplicación concreta depende de tu caso: confírmalo antes del alta.

También se conoce como

Redactores de artículos. Freelance. Escribir artículos para revistas o periódicos sean digitales o en papel.

Sinónimos publicados por la AEAT en su buscador de actividades.

Texto oficial de las tarifas (BOE)

Cuota de: 115 euros.

Nota: Los sujetos pasivos clasificados en este grupo están facultados para la obtención, tratamiento, interpretación y difusión de informaciones o contenidos a través de cualquier medio escrito, oral, visual, digital o gráfico, así como para el asesoramiento y ejecución de planes de comunicación institucional o corporativa.

Literal del RDLeg 1175/1990 (consolidado BOE). Las cuotas de tarifa se expresan aún en pesetas con su conversión a euros; las personas físicas están exentas de la cuota del IAE (art. 82 TRLRHL).

Preguntas frecuentes

¿Qué CNAE corresponde al grupo IAE 863?

Según la correspondencia que publica la AEAT a título orientativo, el 863 (Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación) se corresponde con las clases CNAE-2025 59.15 (Actividades de producción cinematográfica y de vídeo), 90.11 (Actividades de creación literaria y composición musical).

¿Qué es el grupo 863 del IAE?

Es un código de la sección 2.ª (actividades profesionales) de las tarifas del IAE (RDLeg 1175/1990). Su denominación oficial literal es: «Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación.». Es el código que se consigna en el alta censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas de la cuota del IAE, pero el alta es obligatoria.

¿El epígrafe 863 puede tributar en módulos?

No es su régimen por defecto. Según la información censal de la AEAT: «Su actividad económica tributa en régimen de estimación directa de IRPF, modalidad: normal simplificada.»

¿Mis facturas llevan retención de IRPF en este epígrafe?

Sí: es una actividad profesional (sección 2.ª), así que tus facturas a empresas y profesionales españoles llevan retención de IRPF — el 15 % general, o el 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes (art. 101.5.a LIRPF). A particulares no se aplica retención.

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